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Documento BOE-B-2017-7525

LAS PALMAS DE GRAN CANARIA

Publicado en:
«BOE» núm. 33, de 8 de febrero de 2017, páginas 8942 a 8942 (1 pág.)
Sección:
IV. Administración de Justicia
Departamento:
JUZGADOS DE LO MERCANTIL
Referencia:
BOE-B-2017-7525

TEXTO

EDICTO

Dña.Águeda Reyes Almeida, Letrada de la Administración de Justicia del Juzgado de lo Mercantil nº 1 de Las Palmas de Gran Canaria,

Por el presente, se hace saber que en el procedimiento concursal 111/2014, seguido a instancias de la procuradora dña. Paloma Guijarro Rubio, en nombre y representación de M.K.M. Insular, S.L. y Pravi Enterprises, S.L., se ha dictado auto el día 16/01/2017, en cuya parte dispositiva constan, entre otros, los siguientes extremos:

Se declara el concurso de Dunas Pozo Servicios, S.L., con CIF nº B35813492, el que se tramitará por el procedimiento ordinario.

A los efectos oportunos, el presente concurso, tiene el carácter de necesario

Conforme prevé el art. 23 de la Ley concursal el presente edicto se insertará en el registro público concursal, en el tablón de anuncios de este Juzgado y se publicará en el Boletín Oficial del Estado.

Se designan como administradores del concurso a: Insolex Concursos S.L.P. representada por D. César Ignacio González Zarza como abogado, el cual ha designado como domicilio postal el de calle Secundino Alonso nº 39, piso 1º, Oficina 4 Puerto del Rosario, Fuerteventura, teléfono 696995450 y fax 928531121, así como dirección electrónica insolexconcursos@gmail.com.

En cuanto a los efectos sobre las facultades de administración y disposición del deudor respecto a su patrimonio, se acuerda; la intervención de la administración concursal.

Llámese a los acreedores para que pongan en conocimiento de la administración concursal la existencia de sus créditos en el plazo de un mes a contar desde el siguiente a la publicación en el "Boletín Oficial del Estado" del auto de declaración de concurso, conforme a lo previsto en el art. 23 de la Ley 22/2003, de 9 de julio, Concursal en el domicilio designado por la administración concursal y en la forma prevista en el art. 85 de la mentada Ley.

Que los acreedores e interesados que deseen comparecer en el procedimiento deberán hacerlo por medio de procurador y asistidos de letrado (art. 184.3 LC.).

D. Alberto López Villarrubia, Magistrado-Juez. dña. Águeda Reyes Almeida letrada de la administración de justicia. - Firmados y rubricados.

Y para que sirva de publicación a los efectos acordados en el auto dictado, así como de notificación a los acreedores y al deudor en el caso de que éste no hubiere comparecido, de conformidad a lo establecido en el art. 21.5 y 23 de la Ley Concursal, se expide el presente Edicto.

Las Palmas de Gran Canaria, 26 de enero de 2017.- La Letrada de la Administración de Justicia.

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