Edicto
Doña Pilar Solanot García, Letrada Admon. Justicia, del Juzgado de lo Mercantil n.º 2 de Alicante.
Hago saber: Que en el procedimiento Concurso Abreviado n.º 206/2013-K sobre declaración de concurso de la Mercantil Descanso Idea, S.L. y Promociones Pohuet, S.L.U., con documento en Partida Paratella, 44, Benissa (Alicante), C/ Carabassers, 31, Sueca (Valencia), y C.I.F. B-96274741 y B46372322, se ha dictado auto de fecha 05-07-17, que contiene entre otros, los siguientes pronunciamientos:
1.- Concluir el presente procedimiento concursal por estar en el supuesto de insuficiencia de bienes y derechos para atender los créditos contra la masa.
2.- Cesar las limitaciones de las facultades de administración y disposición del deudor subsistente, salvo las que estén contenidas en la sentencia firme de calificación.
3.- Dar curso a la extinción de la entidad y cierre de su hoja de inscripción en los registros públicos que corresponda a cuyo efecto se expídanse los correspondientes mandamientos, firme la resolución, adjuntándose a los mismos testimonio de la presente resolución.
4.- Aprobar la rendición de cuentas de la administración concursal
5.- Cesar la Administración concursal en el ejercicio de su cargo.
6.- La presente resolución se notificara mediante comunicación personal que acredite su recibo o por los medios a que se refiere el primer párrafo del artículo 23,1 de esta Ley y se dará a la misma la publicidad prevista en el artículo 24.
Modo de impugnación: No cabe recurso alguno.
Se expide el presente en
Alicante, 5 de julio de 2017.- La Letrada de la Administración de Justicia.
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