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Documento BOE-B-2017-74601

BARCELONA

Publicado en:
«BOE» núm. 310, de 22 de diciembre de 2017, páginas 92299 a 92299 (1 pág.)
Sección:
IV. Administración de Justicia
Departamento:
JUZGADOS DE LO PENAL
Referencia:
BOE-B-2017-74601

TEXTO

Iltre.Sr. D. Ignacio Rivera Forcén, Letrado de la Administración de Justicia con destino en el Juzgado de lo Penal 7 de Barcelona, por medio del presente documento emito la certificación establecida en el artículo 235 ter de la LOPJ, en cuya parte dispositiva se expresa literalmente que:

Que debo condenar y condeno MARTIN AMAT SOLÉ y ANTONIO MARTÍNEZ JIMÉNEZ como autores responsables cada uno de ellos de un delito contra la Hacienda Pública previsto y penado en el art. 305 del CP, con la concurrencia de la circunstancia atenuante muy cualificada de dilaciones indebidas del art. 21.7 del C.P. en relación con el art. 66.2 del mismo texto legal, a la pena de 5 meses de prisión, con la accesoria de inhabilitación especial para el derecho de sufragio pasivo durante el tiempo de la condena, multa de 250.000 euros de multa con un mes de arresto personal subsidiario y la pérdida de la posibilidad de obtener subvenciones o ayudas públicas y del derecho a gozar de los beneficios e incentivos fiscales o de la Seguridad Social por tiempo de 18 meses, con imposición de las costas.

Asimismo MARTIN AMAT SOLÉ y ANTONIO MARTÍNEZ JIMÉNEZ indemnizarán conjunta y solidariamente a la Hacienda Pública en la suma de 441.377,71 euros, con los intereses de demora del art 26.6 de la LGT; suma de la que es responsable civil subsidiaria INGENIERÍA SANT FELIU, SL.

 

Contra esta mi sentencia que es firme no cabe recurso alguno al haberse dictado sentencia de viva voz y mostrado las partes la voluntad de no recurrir.

Barcelona, 19 de diciembre de 2017.- Letrado de la Administración de Justicia.

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