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Documento BOE-B-2017-74249

LOGROÑO

Publicado en:
«BOE» núm. 307, de 19 de diciembre de 2017, páginas 91812 a 91812 (1 pág.)
Sección:
IV. Administración de Justicia
Departamento:
JUZGADOS DE LO MERCANTIL
Referencia:
BOE-B-2017-74249

TEXTO

Edicto

Dª. María Asunción González Elías, Letrado de la Administración de Justicia del Juzgado de 1ª Instancia nº 6 de Logroño y de lo Mercantil de La Rioja, en cumplimiento de lo dispuesto en el artículo 23.1 y 177.3 de la Ley Concursal, anuncia:

1º.- Que en el procedimiento número 653/2013, N.I.G. 26089 42 1 2013 0004251, por auto de fecha 13 de diciembre de 2017 se ha acordado la conclusión del concurso seguido relativo a la mercantil Solo Deportes, S.A., con domicilio social en calle Gran Vía 20, bajo, de Logroño (La Rioja), y C.I.F. A-26054734.

Asimismo se ha acordado el archivo de las actuaciones por inexistencia de bienes y derechos de la concursada con los que satisfacer a los acreedores, sin haber declaración de responsabilidad de terceros.

2º.- Se ha aprobado la rendición de cuentas presentada en su día por la Administración Concursal de la concursada.

3º.- La deudora queda responsable del pago de los créditos no satisfechos. Asimismo, los acreedores podrán iniciar ejecuciones singulares, en tanto no se acuerde la reapertura del concurso o se declare uno nuevo.

4º.- Se acuerda además la extinción de la personalidad jurídica de Solo Deportes, S.A., cuyos datos arriba mencionados se dan por reproducidos, disponiendo el cierre de su hoja de inscripción en el Registro Mercantil.

5º.- A la conclusión del concurso se le da la misma publicidad que cuando se decretó, publicando el correspondiente edicto en el tablón de anuncios del Juzgado, así como en el Boletín Oficial del Estado, y en el Registro Público Concursal.

Logroño, 12 de diciembre de 2017.- La Letrado de la Administración de Justicia.

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