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Documento BOE-B-2017-73075

BARCELONA

Publicado en:
«BOE» núm. 304, de 15 de diciembre de 2017, páginas 90426 a 90429 (4 págs.)
Sección:
IV. Administración de Justicia
Departamento:
JUZGADOS DE PRIMERA INSTANCIA E INSTRUCCIÓN
Referencia:
BOE-B-2017-73075

TEXTO

EDICTO

Juzgado de Primera Instancia n.º 13 de Barcelona

Gran Vía de les Corts Catalanes, 111, edifici C, planta 7 - Barcelona CP.: 08075.

TEL: 935549413.

FAX: 935549513.

E-MAIL: instancia13.barcelona@xij.gencat.cat

Juicio: Declaración de ausencia 554/2017.

Sección: 1B.

Sobre: Personas, familia y acogimiento de menores (títulos ii, iii y d.a. 2a).

Parte demandante/ejecutante: Ana María Faulon García.

Procurador: Jesús Sanz López.

Abogado: Josep Xavier Gambús Picart.

Parte demandada/ejecutada: Concepción Pascual Marcuello.

Procurador:

Abogado:

Ángel Martínez Guinaliu Letrado de la Administración de Justicia del Juzgado de Primera Instancia n.º 13 de Barcelona.

Declaración de ausencia 554/2017.

PARTE DEMANDANTE: Ana María Faulon García.

PARTE DEMANDADA: Concepción Pascual Marcuelo.

SOBRE Personas, familia y acogimiento de menores (títulos ii, iii y d.a. 2a.)

En el que se ha dictado la resolución cuyo texto literal es el siguiente:

DECRETO

Letrado de la Administración de Justicia que lo dicta: Ángel Martínez Guinaliu.

Lugar: Barcelona.

Fecha: veintiséis de octubre de dos mil diecisiete.

La anterior comunicación recibida por parte de la Jefatura Superior de Policía en respuesta al oficio remitido, queda incorporado al procedimiento y a su vista,

ANTECEDENTES DE HECHO

Único. El procurador Jesús Sanz López, en nombre y representación de Ana María Faulon García, ha presentado una solicitud sobre Declaración de Ausencia respecto de Concepción Pascual Marcuello, desconociéndose otros datos personales, pese a los intentos de averiguación practicados en autos.

FUNDAMENTOS DE DERECHO

Primero. Examinada la anterior solicitud, se estima, a la vista de los datos y documentos aportados, que la parte solicitante reúne los requisitos de capacidad y representación procesales necesarios para comparecer en juicio conforme a lo determinado en los arts. 6 y 7 de la Ley de Enjuiciamiento Civil (LEC).

Asimismo, tiene legitimación, y, en su caso, la postulación, suficiente para promover el expediente conforme al art. 68.2. 4 y 70.1 de la Ley 15/2015, de 2 de julio, de la Jurisdicción Voluntaria (LJV).

Segundo. Vistas las pretensiones formuladas en la solicitud, este Órgano judicial tiene jurisdicción y competencia objetiva para conocerlas, según los arts. 36 y 45 LEC.

Asimismo, es competente territorialmente para conocer de la demanda por aplicación del art. 68.1 LJV, al no haberse podido determinar la competencia territorial al desconocer los datos personales de la Sra. Pascual y en consecuencia, su última residencia.

Tercero. La solicitud debe sustanciarse por los trámites de los art. 70.2 y 17 LJV y celebrar la comparecencia prevista en el mismo con las especialidades indicadas en el art. 18 de la citada ley.

PARTE DISPOSITIVA

Admito la solicitud presentada por el Procurador Jesús Sanz López en nombre y representación de Ana María Faulon García, sobre declaración de ausencia respecto de Concepción Pascual Marcuello con domicilio desconocido. Tengo al referido Procurador como comparecido y parte en la representación que acredita.

Acuerdo la celebración de la oportuna comparecencia y señalo, al efecto, el día la 19-01-2018 a las 10.00 horas en la SALA MULTIUSOS de este Órgano judicial.

A la comparecencia, se citará a la solicitante Ana María Faulon García, a Concepción Pascual Marcuello, a Iluminada García López (quien podrá ser representada por su hija Mercedes Calvo debidamente acreditado), a Felicitas García López en nombre propio y de su hermano Angel García López y al Ministerio Fiscal en los respectivos domicilios que constan en las actuaciones; con la antelación y prevenciones previstas en el art. 17.3 y 18.2 LJV, para lo que se expedirán las cédulas de citación y despachos que fueren necesarios.

En las cédulas, se advertirá:

1.ª) A la parte solicitante:

- si no asiste a la comparecencia, se le tendrá por desistido de la demanda y se acordará el archivo de la solicitud (art. 18.2.1.ª LJV).

2.ª) A las demás personas citadas:

- si alguna no asiste, la comparecencia se celebrará y continuará el expediente sin más citaciones ni notificaciones que las que la ley disponga (art. 18.2.1.ª LJV).

- si alguna va a formular oposición, debe hacerlo en los 5 días siguientes a su citación pero ello no hará que el expediente se torne contencioso ni impedirá que continúe su tramitación hasta que sea resuelto, salvo que la ley expresamente lo prevea y así se le indique en la cédula de citación (art.17 último párrafo LJV).

3.) A todas las personas citadas:

- deben asistir a la comparecencia con los medios de prueba de que intenten valerse (art. 16.3 LJV).

Advierto a las partes que si no están representadas por Procurador, las comunicaciones efectuadas en cualquiera de los lugares que hayan designado como domicilios surtirán plenos efectos en cuanto se acredite la correcta remisión de lo que haya de comunicarse aunque no conste su recepción por la persona destinataria; salvo que la comunicación tenga por objeto la personación en juicio o la realización o intervención personal de las partes en determinadas actuaciones procesales (art. 155.4 LEC).

Y que deben comunicar a esta Oficina judicial cualquier cambio de domicilio que se produzca durante la sustanciación de este proceso. Así como los cambios relativos a su número de teléfono, fax, dirección de correo electrónico o similares, siempre que estos últimos estén siendo utilizados como instrumentos de comunicación con la Oficina judicial (art. 155.5 LEC).

Conforme a lo dispuesto en el art. 70.2 LJV, acuerdo publicar dos veces la presente resolución mediante edictos, con un intervalo mínimo de ocho días, en el Boletín Oficial del Estado (BOE) y en el tablón del Ayuntamiento de BARCELONA. En el edicto se hará constar que puede intervenir en la comparecencia cualquier persona que pueda tener interés en la declaración de ausencia.

Conforme a lo dispuesto en la Ley Orgánica 15/1999, de 13 de diciembre, de Protección de Datos de Carácter Personal, a la que remite el art. 236 bis de la Ley Orgánica 6/1985, de 1 de julio, del Poder Judicial, y en el real Decreto 1720/2007 por el que se aprueba el Reglamento de desarrollo de la LOPD, hago saber a las partes que sus datos personales han sido incorporados al fichero de asuntos de esta Oficina, donde se conservarán con carácter confidencial y únicamente para el cumplimiento de la labor que tiene encomendada y bajo la salvaguarda y la responsabilidad de la misma y en donde serán tratados con la máxima diligencia.

Modo de impugnación: recurso de REPOSICIÓN ante el Letrado de la Administración de Justicia, mediante un escrito que se debe presentar en el plazo de CINCO días, contados desde el siguiente al de la notificación, en el que se debe expresar la infracción en que haya incurrido la resolución. Sin estos requisitos no se admitirá la impugnación. La interposición del recurso no tendrá efectos suspensivos respecto de la resolución recurrida (artículos 451 y 452 LEC).

Lo acuerdo y firmo.

El Letrado de la Administración de Justicia

Para que sirva de comunicación a las personas interesadas, conforme a lo dispuesto en el art. 70.2 de la Ley 15/2015, de 2 de julio (LJV), expido y firmo el presente edicto que será publicado en el tablón de anuncios del Ayuntamiento de la localidad de BARCELONA y en el BOE.

Este edicto ha de ser publicado dos veces, con un intervalo mínimo de ocho días.

Barcelona, 26 de octubre de 2017.- El Letrado de la Administración de Justicia.

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