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Documento BOE-B-2017-72170

BADAJOZ

Publicado en:
«BOE» núm. 299, de 9 de diciembre de 2017, páginas 89286 a 89286 (1 pág.)
Sección:
IV. Administración de Justicia
Departamento:
JUZGADOS DE LO MERCANTIL
Referencia:
BOE-B-2017-72170

TEXTO

Doña Lucía Peces Gómez Letrada de la administración de Justicia del Juzgado de lo Mercantil número 1 de Badajoz, anuncia:

Que en la Sección I Declaración Concurso Abreviado Necesario 247/2013 relativo al deudor don VICTORIANO CORBACHO SEGURO con NIF 8617614-C seguido en este órgano judicial, a instancia de la Procuradora Sra. Marta Gerona del Campo, en nombre de IBERICOS DE BELLOTA VAZQUEZ MOYA S.L, se ha dictado Auto n.º 236/2017, de fecha 30 de Noviembre de 2017, cuyo fallo es del contenido literal siguiente:

1.- Declarar la conclusión del concurso abreviado necesario del deudor don VICTORIANO CORBACHO SEGURO con NIF 8617614-C, por insuficiencia de la masa activa para satisfacer los créditos contra la masa.

2.- Archivar definitivamente las actuaciones, una vez firme la presente resolución. Librar testimonio de la presente, llevando el original al libro de resoluciones que corresponda.

3.- Declarar el cese de las limitaciones de las facultades de administración y disposición del deudor hasta ahora subsistentes, salvo las que, en su caso, se contengan en la sentencia firme de calificación.

4.-La presente resolución se notificará mediante comunicación personal que acredite su recibo o por los medios a que se refiere el primer párrafo del artículo 23.1 de esta Ley y se dará a la misma la publicidad prevista en el artículo 24, librándose edictos que se fijarán en el tablón de anuncios y se publicará en el BOE cuya publicidad se acuerda gratuita y así mismo la publicidad registral necesaria para cuyo efecto remítanse los respectivos mandamiento mandamientos a Registro Civil de La Zarza (Badajoz) registro civil a los fines de que proceda a la cancelación, en la inscripción de nacimiento correspondiente al concursado, de las limitaciones de las facultades de administración y disposición del mismo así como del cese de los administradores judiciales.

5.- Declarar aprobadas las cuentas presentadas por la administración concursal integrada por CONCURSALIA EXTREMADURA, S.L.P.

Badajoz, 30 de noviembre de 2017.- La Letrada de la Administración de Justicia.

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