Edukia ez dago euskaraz
El Consejo de Administración de la Autoridad Portuaria de Almería, en su sesión del día 22 de diciembre de 2016, acordó la aprobación del Pliego de Condiciones Particulares que debe regir en la prestación del Servicio Comercial de Consignación de Buques en la Autoridad Portuaria de Almería.
Las notas más significativas del mismo son:
La actividad se rige por el sistema de libre concurrencia, luego podrán solicitar el ejercicio de la actividad de consignación y obtener la autorización, cualquier persona física o jurídica española o extranjera que tenga plena capacidad de obrar.
Garantía: 30.000 euros.
No se exige tasa de actividad.
La autorización habilita para el ejercicio de la actividad en cualquiera de los puertos dependientes de la Autoridad Portuaria.
Se prevé un régimen transitorio de seis meses, contado desde la publicación del pliego, para que los agentes consignatarios que estén prestando servicio se adapten a las disposiciones del pliego.
El Pliego se encuentra a disposición de los interesados en la página web de la Autoridad Portuaria de Almería: www.apalmeria.com.
Lo que se publica para general conocimiento.
Almería, 20 de enero de 2017.- La Presidenta, Trinidad Cabeo Rodríguez.
Estatuko Aldizkari Ofiziala Estatu Agentzia
Manoteras Etorb., 54 - 28050 Madril