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Documento BOE-B-2017-66848

VALENCIA

Publicado en:
«BOE» núm. 278, de 16 de noviembre de 2017, páginas 82901 a 82902 (2 págs.)
Sección:
IV. Administración de Justicia
Departamento:
JUZGADOS DE LO MERCANTIL
Referencia:
BOE-B-2017-66848

TEXTO

Edicto

Doña Cristina M.ª Valero Domenech, Letrada de la Admón. Justicia del Juzgado de lo Mercantil nº 3 de Valencia,

Por el presente hago saber:

Que en este Juzgado se tramitan autos de concurso de acreedores numero 000748/2015 habiéndose dictado en fecha 24/10/2017 por el Ilmo/a. Sr/a. Magistrado-Juez del Juzgado de lo Mercantil nº 3 de Valencia auto firme de conclusión de concurso voluntario, cuya parte dispositiva es del siguiente tenor:

PARTE DISPOSITIVA

Se decreta la conclusión del concurso abreviado tramitado en este Juzgado bajo el numero de procedimiento 000748/2015, promovido por el Procurador Sr. Martín Pérez, Ricardo Manuel, en nombre y representación de la mercantil VALENTIA BIOPHARMA SL., y el archivo de las presentes actuaciones sin más trámite por no existir ni bienes ni derechos del concursado ni de terceros responsables con los que satisfacer a los acreedores.

Se acuerda el cese de las limitaciones de las facultades de administración y disposición del deudor,salvo las que contengan en la sentencia firme de calificación.

Se acuerda disponer el cese del administrador concursal don Santiago Rodríguez Colell, con DNI n.º 25.407.605B, revocando las autorizaciones otorgadas en el procedimiento concursal.

Se acuerda declarar la extinción de la mercantil VALENTIA BIOPHARMA S.L., con C.I.F. B97782379, procediendo en su caso al cierre de la hoja de inscripción en los Registros Públicos que corresponda, a cuyo efecto expídase testimonio y mandamiento por duplicado al Registro Mercantil de Valencia ya que contra la presente resolución no cabe recurso alguno (art. 177 de la L.C.) y tiene carácter de firme.

Se aprueba la cuenta rendida por la administración concursal en su informe de fecha 31 de julio de 2017.

Dese a la presente resolución la oportuna publicidad en los términos de los artículos 23 y 24 LC expidiéndose los oportunos edictos para su publicación en el BOE de forma gratuita (disposición transitoria segunda del R.D.L. 3/2009) y en el BORME, y asimismo en el tablón de anuncios del Juzgado, y mandamientos que se entregarán al /la Procurador/a de la concursada Martín Pérez, Ricardo Manuel a fin de proceder a su diligenciamiento y gestión; quien en el plazo de diez días a contar desde la notificación de la presente resolución, deberá presentar en la Secretaria de este Juzgado, acreditación de haber presentado en el BOE y RPC los referidos edictos.

Llevese el original al libro de Autos Definitivos dejando copia testimoniada en autos, e igualmente llévese testimonio de esta resolución a la Sección 2ª del Concurso.

Notifíquese la presente resolución a la administración concursal, al concursado y a los acreedores personados en forma en el procedimiento, haciéndoles saber que contra la presente resolución no cabe recurso alguno (art. 177.1 LC)

Así por este Auto, lo pronuncia, manda y firma el Ilmo/a. Sra. Dña. Monserrat Molina Pla, Magistrado Juez de este Juzgado. Doy fe.

Valencia, 24 de octubre de 2017.- La Magistrada-Juez, Monserrat Molina Pla.

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