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Documento BOE-B-2017-66806

VALENCIA

Publicado en:
«BOE» núm. 278, de 16 de noviembre de 2017, páginas 82856 a 82857 (2 págs.)
Sección:
IV. Administración de Justicia
Departamento:
JUZGADOS DE PRIMERA INSTANCIA E INSTRUCCIÓN
Referencia:
BOE-B-2017-66806

TEXTO

Doña Yolanda Giménez Ponce, Letrada de la Administración de Justicia del Juzgado de Primera Instancia n.º 14 de Valencia.

Hago saber: Que en el procedimiento Concurso de acreedores n.º 1167/16, de don Juan Lavarez Blaya, con DNI 19886117-H, se ha dictado Auto final de fecha 17.05.2017, firme en la actualidad, por el que se declara concluso el presente concurso consecutivo y se acuerda el beneficio de la exoneración del pasivo insatisfecho por la Magistrada:

Doña Maria Asunción Solis Garcia del Pozo, cuyos puntos principales de su parte dispositiva son del tenor literal,

«Parte dispositiva

Acuerdo la conclusión del presente concurso consecutivo de don Juan Alvarez Blaya, por insuficiencia de la masa, así como el archivo de las actuaciones, con todos los efectos que son su legal y necesaria consecuencia. En particular, se anula el cese de las limitaciones de las facultades de administración y disposición sobre el deudor subsistentes.

Se acuerda el beneficio de la exoneración del pasivo insatisfecho, que alcanzará a los créditos ordinarios y subordinados pendientes, todo ello en las condiciones del artículo 178 bis de la Ley Concursal.

El presente auto se notificará mediante comunicación personal que acredite su recibo, o por los medios a que se refiere el primer párrafo del artículo 23.1 de la LC y se dará al mismo la publicidad prevista en el segundo párrafo de dicho precepto y en el artículo 24 de la LC (art. 177-3 LC).

Modo de Impugnación: mediante recurso de Apelación ante la Audiencia Provincial de Valencia (artículo 455 LECn).

El recurso se interpondrá por medio de escrito presentado en este Juzgado en el plazo de veinte días, debiendo exponer las alegaciones en que se base la impugnación, además de citar la resolución apelada y los pronunciamientos que impugna. (art. 458 de la Ley 37/11, de 10 de octubre, de medidas de agilización procesal.) y previa acreditación de haberse consignado 50 euros en la Cuenta de Depósitos y Consignación del Juzgado, debiendo indicarse en concepto de "recurso" seguido del código "02 apelación"; se indicarán dichos conceptos después de los 16 dígitos de la cuenta expediente (separados por un espacio) en el caso de realizarse mendiante transferencia bancaria. Se han de realizar tantos ingresos diferenciados como resoluciones a recurrir. (disposición adicional 15.ª L.O. 1/2009, 3 de Noviembre).

Lo acuerda y firma S.S.ª doy fe.

Firma de la Magistrada Firma de la Letrada A.Justicia»

Y para que se proceda a su publicación gratuita en el «Boletin Oficial del Estado» (de conformidad con la redacción recogida en el Real Decreto-Ley 3/2009, de 27 de marzo) y en el Registro Publico Concursal. Se pone en conocimiento, a todos sus efectos que la Administrador concursal de este procedimiento, arriba indicado, es doña M.ª Isabel Germes Garcia, con DNI 85078830J, con domicilio en Calle Castellón, n.º 14, 4.º D, Valencia, con numero de teléfono/fax 960623720, correo electrónico isabelgermes@icav.es.

valencia, 20 de octubre de 2017.- La Letrada de la Administración de Justicia.

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