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Documento BOE-B-2017-66467

A CORUÑA

Publicado en:
«BOE» núm. 276, de 14 de noviembre de 2017, páginas 82403 a 82403 (1 pág.)
Sección:
IV. Administración de Justicia
Departamento:
JUZGADOS DE LO MERCANTIL
Referencia:
BOE-B-2017-66467

TEXTO

Edicto.

El Juzgado de lo Mercantil núm. 2 de La Coruña, en cumplimiento de lo dispuesto en el artículo 23 de la Ley Concursal (LC), anuncia:

Que en el procedimiento Concurso Abreviado número 283/2009/J, se ha dictado Auto de Conclusión de Concurso, con fecha 21 de septiembre de 2017, cuya parte dispositiva es del tenor literal siguiente:

Acuerdo.

1. Se declara concluso el procedimiento concursal número referente a la deudora Calizas Marinas, S.L., por insuficiencia de la masa activa para el pago de los créditos contra la masa y se acuerda el archivo de las actuaciones.

La administración concursal presentará un informe justificativo del destino dado a los importes que figuran al Hecho Sexto.

2. Se acuerda el cese de las limitaciones de administración y disposición del deudor que estuvieren subsistentes.

3. Se acuerda la extinción de las personas jurídicas deudoras, procediendo el cierre de su hoja de inscripción en el Registro Mercantil de A Coruña a cuyo efecto se expedirá mandamientos a los citados Registros.

4. Líbrese mandamientos de cancelación de la inscripción de declaración de concurso a los Registros en los que se inscribió dicha declaración.

5. Anúnciese la resolución en el Boletín Oficial del Estado

La publicación en el Boletín Oficial del Estado tendrá carácter gratuito por insuficiencia de bienes y derechos del concursado.

6. Si aparecieran nuevos bienes o derechos del deudor, se procederá conforme a lo dispuesto en el artículo 179 y siguientes de la LC.

7. Comuníquese la conclusión del concurso a los órganos judiciales administrativos a los que se ordenó la suspensión de los procedimientos de ejecución contra el patrimonio del deudor, a fin de que procedan, en su caso, a su archivo definitivo.

8. Se declaran aprobadas las cuentas presentadas por la administración concursal.

Contra este auto no cabe recurso alguno (artículo 177.1 LC).

Lo acuerda y firma S.Sª. Doy fe.

Y para que sirva de notificación en el Boletín Oficial del Estado, expido el presente Edicto.

La Coruña, 10 de octubre de 2017.- Letrado de la Administración de Justicia.

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