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Documento BOE-B-2017-65886

Anuncio de la Autoridad Portuaria de Santander, por el que se somete a información pública la solicitud presentada por la sociedad Bergé Marítima, Sociedad Limitada, de modificación de la concesión, otorgada por acuerdo del Consejo de Administración de la Autoridad Portuaria de Santander, de fecha 28 de mayo de 1997, para ocupar una parcela de 6.200 m² situada entre las calles Río Deva, Río Miera y el vial que discurre paralelo al cierre del Puerto, con destino a almacén de mercancías, guarda y mantenimiento de maquinaria y oficinas.

Publicado en:
«BOE» núm. 274, de 11 de noviembre de 2017, páginas 81727 a 81727 (1 pág.)
Sección:
V. Anuncios - B. Otros anuncios oficiales
Departamento:
Ministerio de Fomento
Referencia:
BOE-B-2017-65886

TEXTO

La Autoridad Portuaria de Santander tramita un procedimiento administrativo para la modificación sustancial de una concesión sobre dominio público portuario, de conformidad con lo establecido en el artículo 88.2 y en los apartados 2 y siguientes del artículo 85.3 del Texto Refundido de la Ley de Puertos del Estado y de la Marina Mercante, aprobado por el Real Decreto Legislativo 2/2011, de 5 de septiembre.

Este procedimiento administrativo se inició a instancia de la Sociedad Bergé Marítima, Sociedad Limitada, con objeto de obtener una prórroga en el plazo de la concesión de la que es titular.

De conformidad con lo establecido en el artículo 85.3 del Texto Refundido de la Ley de Puertos del Estado y de la Marina Mercante, aprobado por Real Decreto Legislativo 2/2011, de 5 de septiembre, se publica el presente anuncio para que, en el plazo de 20 días hábiles, a partir del siguiente al de su publicación en el Boletín Oficial del Estado, las Corporaciones, Entidades y particulares que se crean afectados por tal petición, puedan examinar el expediente de que se trata en estas oficinas, sitas en Santander, Muelle de Maliaño, sin número, durante las horas hábiles de despacho, de 9:00 a 14:00 horas, de lunes a viernes, y presentar en ellas cuantas alegaciones estimen pertinentes relativas a dicha petición.

La presente resolución, al constituir un simple acto de trámite, no es susceptible de recurso alguno, de conformidad con el artículo 112.1 de la Ley 39/2015, de 1 de octubre, Ley del Procedimiento Administrativo Común de las Administraciones Públicas.

Santander, 6 de noviembre de 2017.- El Presidente, Jaime González López.

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