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Documento BOE-B-2017-65225

BARCELONA

Publicado en:
«BOE» núm. 273, de 10 de noviembre de 2017, páginas 80916 a 80916 (1 pág.)
Sección:
IV. Administración de Justicia
Departamento:
JUZGADOS DE LO MERCANTIL
Referencia:
BOE-B-2017-65225

TEXTO

Don Jesús Santiago Ortego Briongos, el Letrado de la Administración de Justicia del Juzgado de lo Mercantil número 8 de Barcelona al objeto de dar publicidad al auto de declaración de concurso dictado por este órgano judicial,

Hago saber:

Número de asunto Concurso abreviado 680/2017 A.

NIG: 0801947120178004873.

Fecha del auto de declaración 23 de octubre de 2017.

Clase de concurso. Voluntario-Abreviado.

Entidad concursada Radiadores Nadal, Sociedad Limitada, con CIF B08413247, y con domicilio en Calle dels Vidriers, 24, 08110 - Montcada i Reixac (Barcelona).

Administradores concursales.

Se ha designado como administrador concursal:

Rousaud Costas Duran Concursal, SLP quien designa a Cristian Valcárcel Bernal de profesión Abogado.

Dirección postal: Calle Escoles Pies, 102, 08017 Barcelona.

Dirección electrónica: radiadoresnadal@rcdslp.com

Régimen de las facultades del concursado Suspendidas.

Llamamiento a los acreedores Los acreedores deben comunicar sus créditos a la administración concursal, a través de la dirección postal o electrónica antes señaladas, a los efectos de su inclusión en la lista de acreedores y posterior reconocimiento y clasificación de conformidad con el art. 85 de la Ley Concursal (Ley Concursal), en el plazo de un mes a contar desde la publicación.

Forma de personación Los acreedores e interesados que deseen comparecer en el procedimiento deben hacerlo por medio de procurador y asistidos de abogado (artículo 184.3 Ley Concursal). La personación se debe realizar en la Oficina de Tramitación Concursal a los Órganos Mercantiles sita en avenida Gran Vía de les Corts Catalanes, 111, (Edifici C), planta 13, Barcelona.

Apertura de la fase de liquidación Se acuerda la apertura de la fase de liquidación y el cese de los administradores de la concursada. En el plazo de diez días, computados desde la notificación de esta resolución, la administración concursal debe informar sobre el plan de liquidación aportado por la concursada (que contiene una oferta vinculante de venta de la unidad productiva) o, en su caso, presentar un plan alternativo (artículo 191 tercero Ley Concursal).

Barcelona, 26 de octubre de 2017.- El Letrado de la Administración de Justicia.

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