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Documento BOE-B-2017-64879

Resolución de 25 de octubre de 2017, de la Dirección General de la Industria Alimentaria, por la que se somete a información pública la propuesta de extensión de norma y de aportación económica obligatoria, formulada por la Asociación Interprofesional de la Carne de Caza Silvestre, ASICCAZA, durante cinco temporadas cinegéticas.

Publicado en:
«BOE» núm. 269, de 6 de noviembre de 2017, páginas 80468 a 80473 (6 págs.)
Sección:
V. Anuncios - B. Otros anuncios oficiales
Departamento:
Ministerio de Agricultura y Pesca, Alimentación y Medio Ambiente
Referencia:
BOE-B-2017-64879

TEXTO

A los efectos previstos en el artículo 8.7 de la Ley 38/1994, de 30 de diciembre, reguladora de las organizaciones interprofesionales agroalimentarias y en el artículo 13 de su Reglamento, aprobado por Real Decreto 705/1997, de 16 de mayo, se somete a información pública el acuerdo adoptado por la Asociación Interprofesional de la Carne de Caza Silvestre, ASICCAZA, en su Asamblea General Extraordinaria celebrada el 1 de junio de 2017, cuyas características se exponen en el Anexo I.

El expediente de solicitud de extensión de norma presentado por la Asociación Interprofesional de la Carne de Caza Silvestre, ASICCAZA, así como la legislación aplicable, puede ser examinado en las dependencias relacionadas en el Anexo II. Las alegaciones que se estimen oportunas, podrán formularse en el plazo de quince días, contados a partir del siguiente al de la publicación de la presente resolución en el "Boletín Oficial del Estado".

Anexo I

"Acuerdo relativo a la solicitud de extensión de norma y de aportación económica obligatoria para realizar actividades de información y promoción del consumo, impulsar la investigación, el desarrollo y la innovación tecnológica, promover la calidad de los productos, mejorar el conocimiento, la eficiencia y la transparencia de los mercados, contribuir a la gestión responsable de los residuos y subproductos de la carne de caza y desarrollar acciones de formación y de mejora de la cualificación profesional de los integrantes de la cadena, durante un período de cinco temporadas cinegéticas".

En la reunión de la Asamblea General Extraordinaria de la Asociación Interprofesional de la carne de Caza Silvestre, ASICCAZA, válidamente convocada y constituida según establece en su normativa estatutaria, el día 1 de junio de 2017, se tomó el acuerdo siguiente por mayoría del 99 por ciento de los votos.

Objeto de la extensión de norma.

Se acuerda solicitar la extensión de norma para el desarrollo de estos siete objetivos:

1. Llevar a cabo actuaciones que permitan mejorar el conocimiento, la eficiencia y la transparencia de los mercados, en especial mediante la puesta en común de información y estudios que resulten de interés para sus socios.

2. Desarrollar métodos e instrumentos para mejorar la calidad de los productos en todas las fases de la producción, la transformación, la comercialización y la distribución.

3. Promover programas de investigación y desarrollo que impulsen los procesos de innovación en su sector y que mejoren la incorporación de la tecnología, tanto a los procesos productivos como a la competitividad de los sectores implicados.

4. Realizar campañas para difundir y promocionar las producciones alimentarias, así como llevar a cabo actuaciones para facilitar una información adecuada a los consumidores sobre las mismas.

5. Promover la eficiencia en los diferentes eslabones de la cadena alimentaria mediante acciones que tengan por objetivo mejorar la eficiencia energética, reducir el impacto ambiental, gestionar de forma responsable los residuos y subproductos o reducir las pérdidas de alimentos a lo largo de la cadena.

6. Diseño y realización de acciones de formación de todos los integrantes de la cadena para garantizar la competitividad de las explotaciones agrarias, empresas y trabajadores, así como la incorporación a la cadena de jóvenes cualificados.

7. Desarrollar e implementar la formación necesaria para la mejora de la cualificación profesional y empleabilidad de los profesionales de los sectores agroalimentarios.

Propuesta de actuación económica para la extensión de norma.

Las aportaciones económicas recaudadas por medio de esta Extensión de Normas se utilizarán únicamente para financiar los gastos generados en la gestión y seguimiento del sistema de recaudación y en la ejecución de los fines citados más arriba.

1.- Obligaciones de los agentes

Se acuerdan las siguientes obligaciones por parte de los diversos agentes del sector:

Por parte de la producción aportar las siguientes cuantías por especie que se destinen a la comercialización:

PRODUCTORES

ESPECIE

TEMPORADA

ciervo

0,63

jabalí

0,26

gamo

0,31

muflón

0,06

Corzo

0,35

perdiz

0,008

conejo

0,008

liebre

0,023

Por parte de la comercialización aportar las siguientes cuantías por especie que entren en cada sala de despiece:

COMERCIALIZADORES

ESPECIE

TEMPORADA

ciervo

0,63

jabalí

0,26

gamo

0,31

muflón

0,06

corzo

0,35

perdiz

0,008

conejo

0,008

liebre

0,023

Las salas de despiece que sean comercializadores finales contribuirán a la implantación y gestión de la Extensión de Normas, encargándose de la recaudación de la parte aportada por la producción, anotación en factura, además de la información e ingresos tanto de sus cantidades como de las cantidades aportadas por la parte productora a ASICCAZA; así como, aportar información u otras funciones que les sean asignadas con el objetivo del buen funcionamiento del sistema de recaudación de la Extensión de Normas.

2.- Sistema de recaudación

Por lo que respecta al control y seguimiento del acuerdo de Extensión de Normas se establece el siguiente sistema de recaudación:

2.1- Aportaciones de los productores de carne de caza

La sala de despiece o primer comercializador recaudará la aportación correspondiente al productor emitiendo factura a este con las siguientes cuantías por canal de caza mayor o especie de caza menor:

PRODUCTORES

ESPECIE

TEMPORADA

ciervo

0,63

jabalí

0,26

gamo

0,31

muflón

0,06

corzo

0,35

perdiz

0,008

conejo

0,008

liebre

0,023

La sala de despiece o primer comercializador está obligada a informar al productor a través de la factura de la cantidad correspondiente a la Extensión de Normas con el siguiente texto justificativo:

"Retención para la Extensión de Normas de ASICCAZA aprobada por Orden APM/___/2017 y publicada en el BOE nº ____ de fecha ________" o en su versión abreviada "Orden APM/___/2017 sobre Extensión de Normas del sector de la carne de caza".

La primera sala de despiece a la que vayan destinadas las canales de caza mayor o piezas de caza menor deberá realizar la transferencia del dinero entregado por los productores a la cuenta de ASICCAZA, habilitada única y exclusivamente para este fin.

Los diferentes comercializadores podrán repercutir a su suministrador la aportación de la parte de la producción siempre y cuando quede constancia en la factura correspondiente a la transacción con el texto justificativo: "Retención para la Extensión de Normas de ASICCAZA aprobada por Orden APM/ y publicada en el BOE nº ____ de fecha ________" o en su versión abreviada "Orden APM/___/2017 sobre Extensión de Normas del sector de la carne de caza".

2.2.- Aportaciones de los comercializadores de carne de caza.

La primera sala de despiece a la que vayan destinadas las canales de caza mayor o piezas de caza menor tendrán la obligación de hacer su aportación correspondiente a la parte de la comercialización realizando la trasferencia del dinero a la cuenta de ASICCAZA, habilitada única y exclusivamente para este fin. Las cuantías serán las siguientes por canal de caza mayor o especie de caza menor:

COMERCIALIZADORES

ESPECIE

TEMPORADA

ciervo

0,63

jabalí

0,26

gamo

0,31

muflón

0,06

corzo

0,35

perdiz

0,008

conejo

0,008

liebre

0,023

La primera sala de despiece a la que vayan destinadas las canales de caza mayor o piezas de caza menor repercutirá el 50 por ciento de la cuantía de la parte comercializadora al comercializador intermediario siempre y cuando quede constancia en la factura correspondiente a la transacción con el texto justificativo:

"Retención para la Extensión de Normas de ASICCAZA aprobada por Orden APM/___/2017 y publicada en el BOE nº ____de fecha ______" o en su versión abreviada "Orden APM/___/2017 sobre Extensión de Normas del sector de la carne de caza".

Los comercializadores que recojan o reciban canales de Portugal sólo tendrán que aportar la cuantía correspondiente a la parte comercializadora.

3.- Mensualmente, antes del día 20, las salas de despiece remitirán al personal responsable de la gestión de la Extensión de Normas las cantidades recaudadas a los productores así como la correspondiente a su parte como comercializadores durante el mes anterior.

La información enviada debe contener al menos los siguientes datos:

- Para la aportación de la producción: fecha de la cacería, número y denominación del coto de caza, provincia donde está ubicado el coto de caza, NIF del productor, número de cada especie cazada y cantidad retenida para la Extensión de Normas.

- Para la aportación de la comercialización: fecha de entrada de los animales en la sala de despiece, NIF del comercializador, cantidad destinada a la Extensión de Normas y número y especies de los animales destinados a comercialización.

De igual forma mensualmente, antes del día 20, los comercializadores que hayan actuado como intermediarios, sean salas de despiece o no, deberán remitir al personal responsable de la gestión de la Extensión de Normas la siguiente información:

- Fecha de recogida de los animales en campo, número y denominación del coto de caza, provincia donde está ubicado el coto de caza, NIF del productor, número y especies recogidas destinadas a la comercialización y sala de despiece destino de los animales comercializados.

Esta información se remitirá a ASICCAZA por medio de un archivo informático que la interprofesional aportará a las salas de despiece. Ésta será confidencial y se aplicará la Ley Orgánica 15/1999, de 13 de diciembre, de Protección de Datos de Carácter Personal, para su tratamiento.

Entre los días 20 y 30 de cada mes ASICCAZA enviará a cada sala de despiece una factura por las suma de las cantidades retenidas a productores y comercializadores durante el período correspondiente.

El ingreso del importe de la factura en la cuenta de ASICCAZA habilitada para tal fin, se efectuará a 15 días fecha factura, bien girando un recibo bancario desde la Organización Interprofesional, o bien mediante la orden de una transferencia a favor de ASICCAZA, por parte de la sala de despiece.

4.- Control y seguimiento

Se creará la COMISIÓN DE SEGUIMIENTO DE LA EXTENSIÓN DE NORMA, en adelante Comisión, como órgano responsable del control y seguimiento de la misma.

Esta estará compuesta por un representante de cada organización integrante de ASICCAZA.

Debido a los datos sensibles que va a manejar la Comisión se regirá por el principio de confidencialidad de la información tratada durante las reuniones y de los documentos de trabajo.

La Comisión supervisará la información remitida por las salas de despiece a ASICCAZA y tomará las medidas oportunas en caso de detectar alguna anomalía. En caso de detectar fraude en el sistema se tomarán las acciones legales establecidas en la Ley 38/1994, de 30 de diciembre, reguladora de las organizaciones interprofesionales agroalimentarias.

De los miembros de la Comisión se designarán dos responsables para el seguimiento de los ingresos procedentes de la Extensión de Normas, otros dos para el seguimiento del gasto en las actividades de la misma, y otros dos para el seguimiento de las posibles incidencias que puedan suceder en el proceso de recaudación.

Esta Comisión supervisará las actividades y las cuentas elaboradas por el personal responsable para el seguimiento de la Extensión de Normas.

Semestralmente la Comisión presentará el estado de cuentas a la Junta Directiva de ASICCAZA.

Anualmente, en la memoria de actividades de la Interprofesional se presentará un resumen de los ingresos y gastos generados en la cuenda habilitada para la Extensión de Normas.

La Comisión se reunirá con la frecuencia necesaria para que la Extensión de Normas del sector de la carne de caza se desarrolle con normalidad.

Las asociaciones de productores y comercializadores del sector de la carne de caza tendrán la obligación de colaborar en la puesta en marcha y desarrollo de esta Extensión de Normas entre sus asociados y facilitarán a la Asociación Interprofesional el apoyo necesario para informar sobre su implantación y desarrollo, así como para la resolución de posibles incidencias.

Anexo II

Relación de dependencias administrativas en las que puede examinarse el expediente de solicitud de extensión de norma y aportación económica presentado por la Asociación Interprofesional de la Carne de Caza Silvestre, ASICCAZA.

Área de Agricultura de la Subdelegación del Gobierno en Sevilla - Pza. de España, Sector 3; Área de Agricultura de la Subdelegación del Gobierno en Zaragoza Plaza del Pilar s/nº; Área de Agricultura de la Subdelegación del Gobierno en Oviedo – Plaza España 6; Área de Agricultura de la Subdelegación del Gobierno en Palma de Mallorca – c/ Ciudad de Querétaro, s/n; Área de Agricultura de la Subdelegación del Gobierno en Las Palmas –Explanada de Tomás Quevedo s/nº- Edif. Oeste; Área de Agricultura de la Subdelegación del Gobierno en Santander – Calvo Sotelo, 25, 4º; Área de Agricultura de la Subdelegación del Gobierno en Valladolid Francesco Scrimieri 1; Área de Agricultura de la Subdelegación del Gobierno en Toledo – Plza. Zocodover, 6; Área de Agricultura de la Subdelegación del Gobierno en Barcelona – Bergara, 12-2ª plta.; Área de Agricultura de la Subdelegación del Gobierno en Badajoz -Avda. Europa, 1; Área de Agricultura de la Subdelegación del Gobierno en La Coruña c/ San Andrés, 162-3ª plta.; Área de Agricultura de la Subdelegación del Gobierno en Melilla – Avda. Marina Española, 3; Área de Agricultura de la Subdelegación del Gobierno en Murcia - Avda. Alfonso X El Sabio, 6; Área de Agricultura de la Subdelegación del Gobierno en Pamplona –Plaza de las Merindades, s/n; Área de Agricultura de la Subdelegación del Gobierno en Vitoria – c/ Olaguibel, 1; Área de Agricultura de la Subdelegación del Gobierno en Logroño c/ Muro de la Mata, 3; Área de Agricultura de la Subdelegación del Gobierno en Valencia - c/ Joaquín Ballester, 39 - 9ª, Subdirección General de Estructura de la Cadena Alimentaria - Ministerio de Agricultura y Pesca, Alimentación y Medio Ambiente - Pº Infanta Isabel, 1- Madrid.

Madrid, 25 de octubre de 2017.- El Director General de la Industria Alimentaria, Fernando J. Burgaz Moreno.

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