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Documento BOE-B-2017-63154

Resolución de la Dirección General del Instituto Tecnológico Agrario de Castilla y León por la que se da continuidad al procedimiento y se hace pública la solicitud modificada de protección e inscripción en el registro comunitario de la indicación geográfica protegida «Queso de Burgos».

Publicado en:
«BOE» núm. 261, de 28 de octubre de 2017, páginas 78282 a 78283 (2 págs.)
Sección:
V. Anuncios - B. Otros anuncios oficiales
Departamento:
Comunidad de Castilla y León
Referencia:
BOE-B-2017-63154

TEXTO

En cumplimiento de la sentencia n.º 588, de 15 de mayo de 2017, dictada por el Tribunal Superior de Justicia de Castilla y León, en el recurso de apelación interpuesto por la Federación Nacional de Industrias Lácteas (FENIL) ordenando que se proceda de nuevo, por el órgano competente para la tramitación del procedimiento sobre protección e inscripción en el registro comunitario de la IGP «Queso de Burgos», a conferir, trámite de oposición en relación con el contenido definitivo del pliego de condiciones afectantes a la IGP "Queso de Burgos", retrotrayendo las actuaciones al momento en el que dicho pliego de condiciones fue modificado como consecuencia de la Orden de la Consejera de Agricultura y Ganadería, de fecha 12 de junio de 2014, por la que se estimaba en parte el recurso de alzada interpuesto por la Unión Regional de Cooperativas Agrarias de Castilla y León.

A la vista de lo dispuesto en el apartado 6 del artículo 8 del Real Decreto 149/2014, de 7 de marzo por el que se modifica el Real Decreto 1335/2011, de 3 de octubre, que regula el procedimiento para la tramitación de las solicitudes de inscripción de las denominaciones de origen protegidas y de las indicaciones geográficas protegidas en el registro comunitario y la oposición a ellas, la autoridad competente debe publicar en el «Boletín Oficial del Estado» dicha resolución e iniciar el procedimiento nacional de oposición, concediendo un plazo de dos meses para la presentación de las declaraciones de oposición.

En virtud de las funciones y facultades atribuidas al Instituto Tecnológico Agrario de Castilla y León en materia de calidad alimentaria por los artículos 2, 3 y 18 de la Ley 7/2002, de 3 de mayo de creación del Instituto, por el artículo 12.2 del Reglamento del Instituto aprobado por Decreto 121/2002 y por el artículo 41 de la Ley 8/2005, de 10 de junio, de la Viña y del Vino de Castilla y León, resuelvo:

Primero. - Continuar el procedimiento de tramitación de la solicitud de registro de la Indicación Geográfica Protegida «Queso de Burgos», presentada por la Asociación Provincial de Fabricantes de Queso de Burgos (AFAQUEBUR), una vez comprobado que se cumplen las condiciones y requisitos establecidos en el Reglamento (UE) n.º 1151/2012 del Parlamento Europeo y del Consejo de 21 de noviembre de 2012 sobre los regímenes de calidad de los productos agrícolas y alimenticios, y los reglamentos que lo desarrollan.

Segundo.- Dar publicidad a la resolución ordenando la publicación en el «Boletín Oficial del Estado» de la solicitud modificada de protección e inscripción en el registro comunitario de la IGP «Queso de Burgos» y, al objeto de iniciar el procedimiento nacional de oposición sobre las modificaciones introducidas, incluir la dirección de la página web oficial donde se encuentra la propuesta de pliego de condiciones y de documento único definitivos, todo ello conforme a lo dispuesto en el artículo 8.6 del Real Decreto 149/2014, de 7 de marzo por el que se modifica el Real Decreto 1335/2011, de 3 de octubre.

La propuesta de pliego de condiciones y de documento único puede consultarse en las siguientes direcciones electrónicas:

http://www.itacyl.es/opencms_wf/opencms/system/modules/es.jcyl.ita.extranet/elements/galleries/galeria_downloads/registros/2014_05_14_Pliego_Queso_Burgos.pdf

http://www.itacyl.es/opencms_wf/opencms/system/modules/es.jcyl.ita.extranet/elements/galleries/galeria_downloads/registros/2015_12_10_DU_Queso_B.pdf

o bien accediendo directamente a la página de inicio de la web del Instituto Tecnológico Agrario de Castilla y León (http://www.itacyl.es), en el apartado de Información al Ciudadano, Calidad Alimentaria y en pliegos de condiciones DOP e IGP agroalimentarios

En el plazo de dos meses, a contar desde el día siguiente a la publicación de esta resolución, cualquier persona, física o jurídica, que esté establecida o resida legalmente en España, cuyos legítimos intereses considere afectados, puede oponerse al registro pretendido mediante la presentación de la correspondiente declaración de oposición dirigida a la Dirección General del Instituto Tecnológico Agrario de Castilla y León, en carretera de Burgos, km 119, finca Zamadueñas, 47071 Valladolid.

Contra la presente resolución, que no pone fin a la vía administrativa, se podrá interponer recurso de alzada ante la Consejera de Agricultura y Ganadería en el plazo de un mes, a contar desde el siguiente a su publicación en el «Boletín Oficial del Estado.

Valladolid, 19 de octubre de 2017.- Director General del Instituto Tecnológico Agrario de Castilla y León.

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