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Documento BOE-B-2017-62216

MURCIA

Publicado en:
«BOE» núm. 258, de 26 de octubre de 2017, páginas 77082 a 77082 (1 pág.)
Sección:
IV. Administración de Justicia
Departamento:
JUZGADOS DE LO MERCANTIL
Referencia:
BOE-B-2017-62216

TEXTO

Edicto

D.ª Ángela Quesada Martos, Letrado de la Administración de Justicia del Juzgado de lo Mercantil n.º 2 de Murcia, por el presente, hago saber:

1.º Que en la Sección Primera Declaración de Concurso, seguido en este Juzgado con el número 201/2017 ha sido declarado en concurso abreviado, voluntario consecutivo al deudor José Ángel Valero Pérez, con D.N.I. número 45.567.070-E, con domicilio en calle Enmedio, número 13 El Mojón Beniel (Murcia), en virtud de auto dictado con fecha 19 de octubre de 2017; asimismo dicha resolución acuerda abrir la fase de liquidación.

2.º Se ha acordado que las facultades de administración y disposición sobre el patrimonio del deudor quedan suspendidas, siendo sustituidas por la administración concursal designada.

3.º Ha sido designada Administrador Concursal Amparo Muñoz-Valera Nogales, con D.N.I. número 11804497T, con domicilio en Plaza Mayor, número 6 bajo C.P. 30005 Murcia, con número de teléfono y fax 968.90.77.78, y con dirección de correo electrónico amparomuñoz@icamur.org.

4.º Igualmente se ha acordado el llamamiento de los acreedores para que comuniquen a la Administración Concursal designada la existencia de sus créditos que deberán efectuar conforme a lo previsto en el artículo 85 de la Ley Concursal.

Dicha comunicación deberá dirigirse a elección de los acreedores, al domicilio postal y dirección electrónica del Administrador Concursal que constan en el párrafo tercero de este edicto, en el plazo de un mes a partir de la última fecha de publicación de este edicto en el Boletín Oficial del Estado, mediante escrito firmado por el acreedor, por cualquier otro interesado en el crédito o por quien acredite representación suficiente de ellos, y en que se expresará nombre, domicilio, correo electrónico y demás datos de identidad del acreedor, para que la Administración concursal practique cuantas comunicaciones resulten necesarias y convenientes, así como los relativos al crédito, su concepto, cuantía, fechas de adquisición y vencimiento, características y calificación que se pretenda, indicando, si se invocare un privilegio especial, los bienes o derechos a que afecte y, en su caso, los datos registrales, acompañándose en todo caso originales o copias auténticas del título o de los documentos relativos al crédito.

5.º No se admitirán las comunicaciones de créditos que se presenten en este Juzgado, ni la Oficina de Registro en la Ciudad de la Justicia.

6.º Que los acreedores e interesados que deseen comparecer y personarse en el procedimiento deberán hacerlo por medio de Procurador/a y asistidos de Letrado/a (artº 184.3 Ley Concursal).

7.º Consta presentado con la solicitud de concurso plan de liquidación encontrándose en la Oficina Judicial a disposición de los acreedores, para que puedan realizar alegaciones en el plazo de diez días.

En Murcia, 23 de octubre de 2017.- La Letrado de la Administración de Justicia.

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