En sesión del Consejo de Administración de la Autoridad Portuaria de Baleares celebrada el 20 de septiembre de 2017, fue adoptado el acuerdo de denegación de la ampliación del plazo y de la prórroga solicitada para el contrato de explotación de la Dársena para embarcaciones menores en el Puerto de La Savina (Formentera) del que es titular FORMENTERA MAR, S.A. (REFERENCIA GSP-8).
Contra esta resolución, que pone fin a la vía administrativa, cabe interponer, con carácter potestativo, Recurso de Reposición ante el mismo órgano que lo ha dictado, de acuerdo con el artículo 123 y 124 de la Ley 39/2015, de 1 de octubre, del Procedimiento Administrativo Común de las Administraciones Públicas. El plazo para interponerlo es de un (1) mes a contar desde el día siguiente al de la recepción de la presente notificación, no pudiendo, en este caso, interponer Recurso Contencioso-administrativo hasta que se haya resuelto el de Reposición.
De no utilizar el Recurso potestativo de Reposición, cabe interponer directamente Recurso Contencioso-administrativo, conforme a lo establecido en el artículo anteriormente citado, y en los artículos 45 y siguientes de la Ley 29/1998, de 13 de julio, reguladora de la Jurisdicción Contencioso Administrativa, ante el Juzgado de lo Contencioso-administrativo, en el plazo de dos (2) meses, a contar desde el día siguiente al de la recepción de la presente notificación. Ello sin perjuicio de cualquier otro recurso o acción que se estime pertinente.
Palma, 26 de septiembre de 2017.- El Director, don Juan Carlos Plaza Plaza.
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