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Documento BOE-B-2017-61625

PAMPLONA

Publicado en:
«BOE» núm. 255, de 23 de octubre de 2017, páginas 76318 a 76318 (1 pág.)
Sección:
IV. Administración de Justicia
Departamento:
JUZGADOS DE LO MERCANTIL
Referencia:
BOE-B-2017-61625

TEXTO

El Juzgado de lo Mercantil n.º 1 de Pamplona/Iruña, en cumplimiento de lo dispuesto en el artículo 23 de La Ley Concursal (LC), anuncia:

1.º Que en el Concurso abreviado (única sección) número 0000315/2017, NIG 3120147120170000275, por auto de 12 de septiembre de 2017, se ha declarado en concurso voluntario-abreviado al deudor REPUESTOS SAN CRISTÓBAL IRUÑA, S.L., con CIF B 31571102, y domicilio en Polígono Industrial Mutilva Baja, calle M, nave 24, Mutilva Baja (Navarra), y cuyo centro de principales intereses lo tiene en Mutilva Baja.

2.º Que el deudor ha sido suspendido en el ejercicio de las facultades de administración y disposición de su patrimonio, siendo sustituido por la Administración concursal.

3.º Que los acreedores del concursado deben poner en conocimiento de la administración concursal la existencia de sus créditos, por escrito firmado por el acreedor, por cualquier otro interesado en el crédito o por quien acredite representación suficiente de ellos. La comunicación podrá presentarse en el domicilio designado en este Edicto o remitirse a dicho domicilio. También podrá efectuarse la comunicación por medios electrónicos en la dirección electrónica que consta en este edicto. La comunicación deberá realizarse en la forma prevista en el artículo 85.3 de la LC.

La Administración concursal está integrada por D.ª Lourdes Etxeberria Zudaire, en su condición de letrada, con domicilio postal en: calle Monasterio de Urdax/Urdazubiko Monasterioaren Kalea, 47, bajo, 31011 de Pamplona/Iruña, tel.646959107 y dirección electrónica: concursos@arankoa.com

El plazo para esta comunicación es el de un mes a contar desde la publicación en el Boletín Oficial del Estado del auto de declaración del concurso.

4.º Que los acreedores e interesados que deseen comparecer en el procedimiento deberán hacerlo por medio de procurador y asistidos de letrado (artículo 184.3 LC).

5.º Que en la misma resolución se ha acordado la apertura de la fase de liquidación, formándose la sección quinta.

Pamplona, 21 de septiembre de 2017.- El/la Letrado/a de la Administración de Justicia.

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