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Documento BOE-B-2017-60419

MÁLAGA

Publicado en:
«BOE» núm. 252, de 19 de octubre de 2017, páginas 74816 a 74817 (2 págs.)
Sección:
IV. Administración de Justicia
Departamento:
JUZGADOS DE LO MERCANTIL
Referencia:
BOE-B-2017-60419

TEXTO

Edicto

El Juzgado de lo Mercantil n.º 1 de Málaga en cumplimiento de lo dispuesto en el artículo 23 de la Ley Concursal, anuncia:

1.º Que en el procedimiento número 432/2016 (NIG 2906742M20160000923), por auto de fecha 28 de julio de 2017, rectificado por auto de fecha 25 de septiembre de 2017, se ha declarado en concurso necesario al deudor REHISNA 2012 S.L.U., con CIF B-93226397, con domicilio en Avenida Ricardo Soriano n.º 65, piso 4.º, 3, CP 29602, Marbella (Málaga) y cuyo centro de principales intereses lo tiene en Marbella (Málaga).

2.º Que el deudor ha sido suspendido de sus facultades atribuyéndose las mismas a la administración concursal.

3.º Que la administración concursal la integra don Miguel Díaz Puche, provisto de DNI 33388304D, de profesión Letrado, que lo hace en nombre y representación de la sociedad mercantil DIAZ PUCHE ABOGADOS S.L.P, con CIF B-93116556, según consta en escritura pública otorgada ante el Notario don Julián Madera Flores en fecha 14 de marzo de 2011, domicilio en c/ Comedias, n.º 9. planta 5.ª oficina 4 y 5, Málaga, CP 29008, Tfno: 952216330, y con dirección de correo electrónico acrehisna@gmail.com, que designa a los efectos de comunicación de créditos.

4.º Que los acreedores del concursado deben poner en conocimiento de la administración concursal la existencia de sus créditos en la forma y con los datos expresados en el artículo 85 de la LC. La comunicación se formulará por escrito firmado por el acreedor, por cualquier otro interesado en el crédito o por quien acredite representación suficiente de ellos, y se dirigirá a la administración concursal. La comunicación podrá presentarse en el domicilio designado al efecto el cual deberá estar en la localidad en la que tenga su sede el juzgado, o remitirse a dicho domicilio, sin que quepa su presentación directa ante el Juzgado. También podrá efectuarse la comunicación por medios electrónicos.

El plazo para esta comunicación es el de un mes a computar de fecha a fecha y entendiendo como día final si fuera inhábil o no existiera día equivalente, el siguiente hábil al mismo a contar de la última publicación de los anuncios que se ha ordenado publicar en el "Boletín Oficial del Estado".

5.º Que los acreedores e interesados que deseen comparecer en el procedimiento deberán hacerlo por medio de Procurador y asistidos de Letrado (artículo 184.3 LC).

6.º Que se designa la página web https://www.publicidadconcursal.es/ a los efectos de publicidad registral en el Registro Público Concursal.

7.º En relación a los datos de carácter personal, sobre su confidencialidad y prohibición de transmisión o comunicación por cualquier medio o procedimiento, deberán ser tratados exclusivamente para los fines propios de la Administración de Justicia (ex Ley Orgánica 15/99, de 13 de diciembre, de protección de datos de carácter personal).

Málaga, 26 de septiembre de 2017.- El Letrado de la Administración de Justicia.

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