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Documento BOE-B-2017-60182

GRANADA

Publicado en:
«BOE» núm. 250, de 17 de octubre de 2017, páginas 74503 a 74503 (1 pág.)
Sección:
IV. Administración de Justicia
Departamento:
JUZGADOS DE LO MERCANTIL
Referencia:
BOE-B-2017-60182

TEXTO

Edicto.

El Juzgado de lo Mercantil de Granada, en cumplimiento de lo dispuesto en el art. 23 de la L.C., anuncia:

1.º- Que en el procedimiento número 526/2017, con NIG 1808742M20170000281 por auto de 3 de octubre de 2017 se ha declarado en concurso voluntario al deudor GREYMAN STUDIOS, S.L., con domicilio social en C/ Rivera 9 18016 Ogíjares (Granada)

2.º- Que el deudor ha sido suspendido en el ejercicio de las facultades de administración y disposición de su patrimonio, siendo sustituído por la administración concursal.

De conformidad con el art. 145.3 se declara disuelta la entidad mercantil, cesando en su función sus Administradores, que serán sustituidos por la administración concursal, sin perjuicio de continuar aquéllos en la representación de la concursada en el procedimiento y en los incidentes en los que sea parte.

3.º- Que los acreedores del concursado deberán dirigir a la administración concursal la existencia de sus créditos en la forma y con los datos expresados en el art. 85 de la L.C. A estos efectos se informa que la administración concursal designada ha sido don Jesús Muñoz Muñoz, Letrado en ejercicio que reúne los requisitos del artículo 27.1 de la LC., con domicilio postal en C/ Faisán, núm. 10-4ªA C.P. 18014 de Granada y direccion electrónica 3014@icagr.es

El plazo para esta comunicación es el de un mes a contar de la última publicación de los anuncios que se ha ordenado publicar en el «Boletín Oficial del Estado» y en el Registro Público concursal.

4.º- Se tiene pedida por el deudor la liquidación.

Se acuerda dar traslado del plan de liquidacion a la Admon. Concursal a fin de que en plazo de diez días sea informado por el mismo conforme a lo dispuesto en el artículo 191 ter. de la L.C. Asimismo, publiquesé en el Registro Publico Concursal a los efectos de que los acreedores, por el mismo plazo de diez días, puedan realizar alegaciones.

4.º- Que los acreedores e interesados que deseen comparecer en el procedimiento deberán hacerlo por medio de Procurador y asistidos de Letrado (artículo 184.3 L.C).

Granada, 13 de octubre de 2017.- La Letrada de la Administración de Justicia.

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