Edicto
Doña Gizane Garvin Rodríguez, Letrada de la Administración de Justicia sustituta del Juzgado Mercantil n.º 1 de Girona,
Hago saber:
Que en el concurso voluntario ordinario núm. 1000/2008, se ha acordado mediante auto de fecha 1 de septiembre de 2017 la conclusión y el archivo por inexistencia de bienes y derechos del concurso voluntario ordinario de la mercantil Immo Alt Empordà, S.L., provista de CIF núm. B-17.885.161, con domicilio sito en la Avda. Europa, número 40, local 1 de la población de Llançà (Girona) y cesando cualquier limitación de las facultades de administración y disposición de la concursada mercantil, subsistentes a la fecha de la citada resolución de conclusión de concurso.
En cumplimiento del Real decreto 3/09 de 27 de marzo en relación con la disposición transitoria 2.ª la publicidad en el BOE será gratuita para el auto de conclusión del concurso, de conformidad a la nueva redacción dada al art. 23.1 de la L.C.
Y para que sirva de publicidad a los efectos prevenidos en el art. 177.3 de la L.C. en relación con el segundo párrafo del art. 23 de la Ley Concursal, expido el presente en
Girona, 1 de septiembre de 2017.- La Ldo. de la Admón. de Justicia sustituta.
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