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Documento BOE-B-2017-57284

BARCELONA

Publicado en:
«BOE» núm. 240, de 5 de octubre de 2017, páginas 70844 a 70844 (1 pág.)
Sección:
IV. Administración de Justicia
Departamento:
JUZGADOS DE LO MERCANTIL
Referencia:
BOE-B-2017-57284

TEXTO

Doña María Aránzazu Alameda López, Letrada de la Adm. de Justicia del Juzgado de lo Mercantil n.º 3 de Barcelona,

Hago saber:

Que en dicho Juzgado se tramita el proceso concursal 39/2017, en el que se ha dictado auto declarando en estado de concurso a la entidad Salvador Cantón Lao, acordando la apertura de liquidación y ordenando darle publicidad con los siguientes datos:

Número de Asunto.-Concurso voluntario 39/2017. Sección C4.

NIG del procedimiento.-08019-47-1-2016-8002275.

Entidad Concursal: Salvador Cantón Lao, con CIF n.º 39140626P.

Tipo de concurso: Consecutivo.

Fecha del auto de declaración y apertura de la liquidación.-10/02/2017.

Administrador/es concursal/es.- Aranzazu Corbal Espejo, con domicilio en C. Iradier, 19-21, 08017 Barcelona, teléfono 932001277 y correo electrónico acorbal@buigas.com.

Facultades del concursado.-Intervenidas.

Forma de personación.-Los acreedores pueden personarse en el proceso por medio de Abogado Y Procurador.

Llamamiento a los acreedores y comunicación de créditos conforme al art 85 LC.- Los acreedores de la concursada deberán ponerlos en conocimiento de la Administración concursal, en el domicilio designado al efecto o remitirlos a dicho domicilio. También podrá efectuarse la comunicación por medios electrónicos. La comunicación expresará el nombre, domicilio y demás datos de identidad del acreedor, así como los relativos al crédito, su concepto, cuantía, fecha de adquisición y vencimiento características y clasificación que se pretenda. Si se invocare un privilegio especial se indicará además los bienes o derechos a que afecte y, en su caso, los datos registrales. Se acompañara copia en forma electrónica en caso de que se haya optado por esta forma de comunicación, del título o documentos relativos al crédito.

En plazo será de un mes a constar desde la última de las publicaciones.

Examen de los autos.-Los acreedores no personados pueden acudir personalmente a esta Secretaría Judicial y solicita el examen de aquellos documentos o informes en que conste sus necesidad de personarse.

Plan de liquidación.-Se requiere a la Administración Concursal para que, en el plazo de 1 mes desde su aceptación, junto con informe del art. 75 lc presente plan de liquidación, manifestando asimismo los posibles efectos resolutorios de los contratos.

En caso de solapamiento de plazos estese a lo dispuesto en el art.74.2.2 LC.

Barcelona, 13 de febrero de 2017.- La Letrada de la Administracion de Justicia.

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