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Documento BOE-B-2017-53544

Anuncio de la Demarcación de Carreteras del Estado en Cantabria de Información Pública del Estudio de delimitación de tramo urbano, travesía y establecimiento de nueva línea de edificación en la carretera N-623 entre los PP.KK 125+300 y 125+800, ambas márgenes, T.M. de Puente Viesgo.

Publicado en:
«BOE» núm. 225, de 18 de septiembre de 2017, páginas 66171 a 66172 (2 págs.)
Sección:
V. Anuncios - B. Otros anuncios oficiales
Departamento:
Ministerio de Fomento
Referencia:
BOE-B-2017-53544

TEXTO

1. La Dirección General de Carreteras con fecha 1 de agosto de 2017 ha resuelto:

- "Aprobar provisionalmente el Estudio de delimitación de tramo urbano, travesía y establecimiento de nueva línea límite de edificación en la Carretera N-623 ente los PP.KK. 125+300 y 125+800, ambas márgenes, T.M. de Puente Viesgo, de fecha julio de 2.017, redactado por la Demarcación de Carreteras del Estado en Cantabria a solicitud del Ayuntamiento de Puente Viesgo, de acuerdo con lo establecido en el artículo 48 de la Ley 37/2015, de 29 de septiembre, de carreteras, según lo siguiente:

• Delimitar como tramo urbano el que discurre entre los PP.KK. 125+300 y 125+800, ambas márgenes, de la carretera N-623.

• Delimitar como travesía el tramo coincidente con el tramo urbano.

• Fijar en el tramo urbano establecido la línea límite de edificación:

- Coincidente con la intersección del plano de fachada con la rasante del terreno, salvo en los lugares en que ésta se encuentra dentro de la zona de dominio público, en los que se hace coincidir con el límite exterior de dicho dominio.

• Fijar el borde exterior de la zona de dominio público de 3 metros de la carretera N-623, medidos horizontalmente desde la arista exterior de la explanación y perpendicularmente a dicha arista, de acuerdo con el artículo 29 de la Ley 37/2015, de 29 de septiembre, de carreteras.

• Fijar el borde exterior de la zona de servidumbre a 8 m de la carretera N-623 medidos horizontalmente desde la arista exterior de la explanación, conforme al artículo 31 de la Ley 37/2015, de 29 de septiembre, de carreteras.

- Tramitar el Estudio de delimitación de tramo urbano, travesía y establecimiento de nueva línea límite de edificación en la Carretera N-623 ente los PP.KK. 125+300 y 125+800, ambas márgenes, T.M. de Puente Viesgo, de fecha julio de 2.017, según el procedimiento establecido en el artículo 48 de la Ley 37/2015, de 29 de septiembre, de carreteras, lo cual supone:

• Notificar el Estudio a la Comunidad Autónoma de Cantabria y al Ayuntamiento de Puente Viesgo, a fin de que, en el plazo de dos meses, emitan informe.

• Someter a información pública el Estudio, por un plazo de 30 días hábiles, anunciándolo en el Boletín Oficial del Estado y en el Ayuntamiento de Puente Viesgo, a fin de que cualquier persona física o jurídica pueda formular alegaciones sobre la repercusión del Estudio en lo referente a limitaciones a la propiedad, régimen de autorizaciones, infracciones y sanciones."

2. En virtud de dicha resolución y de acuerdo con el artículo 48.4 de la Ley 37/2015, de 29 de septiembre, de Carreteras, se somete a información pública el referido Estudio, al objeto de que en el plazo de 30 días hábiles a contar desde la publicación de este anuncio en el BOE puedan presentarse alegaciones sobre la repercusión del Estudio en lo referente a limitaciones a la propiedad, régimen de autorizaciones, infracciones y sanciones. Los escritos formulando alegaciones deberán dirigirse a esta Demarcación y podrán presentarse utilizando cualquiera de las modalidades previstas en la vigente Ley 39/2015, de 1 de octubre, del Procedimiento Administrativo Común de las Administraciones Públicas.

A tales efectos, el citado Estudio puede ser examinado en la Demarcación de Carreteras del Estado en Cantabria (calle Vargas, 53, 9ª, Santander), en el Ayuntamiento de Puente Viesgo y en la sede electrónica del Ministerio de Fomento (http://mfom.es/participacion-publica).

Santander, 31 de agosto de 2017.- El Jefe de la Demarcación de Carreteras del Estado en Cantabria, Fernando Hernández Alastuey.

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