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Documento BOE-B-2017-51341

CIUDAD REAL

Publicado en:
«BOE» núm. 218, de 9 de septiembre de 2017, páginas 63511 a 63511 (1 pág.)
Sección:
IV. Administración de Justicia
Departamento:
JUZGADOS DE LO MERCANTIL
Referencia:
BOE-B-2017-51341

TEXTO

D./D.ª ESTHER DOMÍNGUEZ GUTIÉRREZ, Letrado de la Administración de Justicia del Juzgado de Primera Instancia e Instrucción n.º 4 de Ciudad Real, por el presente, hago saber:

1.º Que en sección I declaración concurso 0000155/2017 seguido en este órgano judicial se ha dictado en fecha 01/09/2017 Auto de declaración de concurso voluntario de CÁRNICAS MADRIGAL, S.L.U., con CIF n.º B13157342, cuyo centro de intereses principales lo tiene en Tomelloso.

2.º Se ha acordado la intervención de las facultades de Administración y disposición del deudor, que seguirá ejerciendo el concursado, quedando sometido en el ejercicio de éste a la autorización o conformidad del Administrador Concursal designado.

3.º El llamamiento de los acreedores para que comuniquen a la Administración Concursal designada la existencia de sus créditos que deberán efectuar conforme a lo previsto en el artículo 85 de la LC, será de un mes desde la publicación del presente en el Boletín Oficial del Estado.

La comunicación se formulará por escrito firmado por el acreedor, por cualquier otro interesado en el crédito o por quien acredite representación suficiente de ellos, y se dirigirá a la Administración concursal. La comunicación podrá presentarse en el domicilio designado al efecto el cual deberá estar en la localidad en la que tenga su sede el juzgado, o remitirse a dicho domicilio. También podrá efectuarse la comunicación por medios electrónicos.

4.º La identidad de la Administración concursal es la siguiente: Doña Carmen de Urmeneta Rada.

La dirección postal de la Administración concursal es la siguiente: Calle Ayala 4, 7.º Dcha., 28001 Madrid.

La dirección electrónica de la Administración concursal es la siguiente: carmen.urmeneta@integra-ac.com

5.º Que los acreedores e interesados que deseen comparecer en el procedimiento deberán hacerlo por medio de Procurador/a y asistidos de Abogado/a (artículo 184.3 LC).

Ciudad Real, 1 de septiembre de 2017.- La Letrada de la Administración de Justicia.

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