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Doña María Jesús Palmero Sandín, Letrada de la Administración de Justicia del Juzgado de lo Mercantil n.º 6 de Madrid,
Hago saber: Que en este Juzgado se sigue el procedimiento de concurso voluntario abreviado con n.º 556/2017, relativo a la mercantil Arales Promociones y Proyectos, S.L., con CIF B-83351452, en los que se ha dictado auto de fecha 01/06/2017, acordando:
1.- Se declara la competencia territorial de este Juzgado para conocer del concurso solicitado por el procurador de los Tribunales D. Pedro Antonio González Sánchez, en nombre y representación de Arales Promociones y Proyectos, S.L., con CIF B-83351452.
2.- Se declara en concurso, que tiene carácter de voluntario al deudor Arales Promociones y Proyectos, S.L. Se aplicarán en la tramitación del procedimiento las normas procedimentales del Capítulo II del Título VIII L.Co. para el procedimiento abreviado.
3.- El deudor conservará las facultades de administración y disposición sobre su patrimonio.
4.- Se acuerda, simultáneamente a lo anterior, la conclusión del concurso por la causa 3.ª del apartado 1.º del art. 176 bis L.Co., con los efectos inherentes a dicha declaración, en especial:
a.- Se acuerda el cese de todas las limitaciones de las facultades de administración y disposición del deudor que pudieran derivarse de la presente declaración de concurso; sin que haya lugar al cese de administrador concursal al no haber sido designado.
b.- Firme la presente resolución, notifíquese la presente a los acreedores y demás interesados, inscribiendo la misma en el modo señalado en el art. 24 L.Co., declarando la gratuidad de la inscripción en el BOE.
Madrid, 1 de junio de 2017.- El/la Letrado/a de la Administración de Justicia.
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