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Documento BOE-B-2017-43860

BARCELONA

Publicado en:
«BOE» núm. 168, de 15 de julio de 2017, páginas 53054 a 53054 (1 pág.)
Sección:
IV. Administración de Justicia
Departamento:
JUZGADOS DE LO MERCANTIL
Referencia:
BOE-B-2017-43860

TEXTO

Edicto.

José Vela Pérez, Letrado de la Administración de Justicia del Juzgado de lo Mercantil número 6 de Barcelona,

Hago saber: Que en el procedimiento indicado, el día 2 de mayo de 2017 se ha dictado sentencia cuya parte dispositiva es el tenor literal siguiente:

PARTE DISPOSITIVA: Se aprueba el convenio propuesto por Epica Building Services, Sociedad Limitada, con la adenda al mismo, en los términos que se ha reseñado en los antecedentes de esta resolución, que producirá los efectos establecidos en los artículos 133 a 136 de la Ley Concursal.

Se efectúan los siguientes pronunciamientos:

1. Acuerdo el cese de todos los efectos de la declaración del concurso que son sustituidos por los establecidos en el convenio aprobado; sin perjuicio de los deberes de la parte concursada de comparecer ante este Órgano judicial cuantas veces sea requerido y de colaborar e informar en todo lo necesario o conveniente para el interés del concurso.

2. Acuerdo el cese de la administración concursal, que debe rendir cuentas de su actuación en el plazo de treinta días.

3. La parte concursada debe informar semestralmente al órgano judicial acerca del cumplimiento del convenio.

Así por esta sentencia, lo pronuncio, mando y firmo.

El Magistrado.

Barcelona, 7 de julio de 2017.- El Letrado de la Administración de Justicia.

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