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Documento BOE-B-2017-43673

VALENCIA

Publicado en:
«BOE» núm. 167, de 14 de julio de 2017, páginas 52840 a 52840 (1 pág.)
Sección:
IV. Administración de Justicia
Departamento:
JUZGADOS DE LO MERCANTIL
Referencia:
BOE-B-2017-43673

TEXTO

Edicto.

Doña Cristina M.ª Valero Domenech, Letrada Admon. Justicia del Juzgado de lo Mercantil núm. 3 de Valencia,

Por el presente, hago saber: Que en este Juzgado se tramitan autos de Concurso de Acreedores núm. 000074/2014, habiéndose dictado en fecha 15 de mayo de 2017 por la Ilma. Sra. Magistrada-Juez del Juzgado de Lo Mercantil n.º 3 de Valencia Auto firme de conclusión de concurso Voluntario, cuya parte dispositiva es del siguiente tenor:

"1. Se Declara la conclusión del Concurso Abreviado Voluntario tramitado en este Juzgado bajo el número de procedimiento 000074/2014, promovido por la Procuradora Sra. Bernal Colomina, Paula, en nombre y representación de la mercantil Balmart Sistemas Electrónicos y de Comunicaciones, S.L., en virtud de la finalización de la fase de liquidación, por haberse distribuido la masa activa y no existir más activos con los que satisfacer a los acreedores pendientes; y el archivo de las presentes actuaciones sin más trámite.

2. Se acuerda el cese de las limitaciones de las facultades de administración y disposición del deudor, salvo las que se contengan en la sentencia firme de calificación.

3. Se acuerda disponer el cese del administrador concursal Miñana Beltrán Concursalistas, S.L.P., con CIF B-98213143 (persona designada D. Tomás Miñana Beltran, con DNI 20.433.594-A, revocando las autorizaciones otorgadas en el procedimiento concursal.

4. Se acuerda declarar la extinción de la mercantil Balmart Sistemas Electrónicos y de Comunicaciones, S.L., con CIF B97756811, procediendo en su caso al cierre de la hoja de inscripción en los Registros Públicos que corresponda, a cuyo efecto expídase testimonio y mandamiento por duplicado al Registro Mercantil de Valencia ya que contra la presente resolución no cabe recurso alguno (art. 177 de la LC) y tiene carácter de firme.

5. Se aprueba la cuenta rendida por la administración concursal en su informe de fecha 29 de marzo de 2017."

Valencia, 15 de mayo de 2017.- La Letrada Admón. Justicia.

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