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Documento BOE-B-2017-43035

SEVILLA

Publicado en:
«BOE» núm. 163, de 10 de julio de 2017, páginas 51980 a 51980 (1 pág.)
Sección:
IV. Administración de Justicia
Departamento:
JUZGADOS DE LO MERCANTIL
Referencia:
BOE-B-2017-43035

TEXTO

El Juzgado de lo Mercantil nº 2 de Sevilla, en cumplimiento de lo dispuesto en el artículo 23 de la Ley Concursal (LC),

ANUNCIA

Que en el procedimiento concursal 224/12-2 referente al concursado Grupo Arance, integrado por las entidades Arance Servicios Generales, S.L., Arance Córdoba, S.L., Arance Badajoz, S.L., Arance Madrid, S.L., Arance Jaén, S.L., Arance Sevilla, S.L., Arance Huelva, S.L., Arance Cádiz, S.L. y Arance Málaga, S.L.; en relación a la entidad Arance Madrid, S.A. con número de C.I.F. A-28835767, por auto de 26/05/17 se ha acordado lo siguiente:

1.- La conclusión del proceso concursal referente a la entidad Arance Madrid, S.A. Se decreta el cese de las limitaciones de las facultades de administración y disposición.

2.- El cese del Administrador Concursal designado, aprobando la rendición de cuentas presentada por el mismo, debiendo devolver la credencial que este juzgado le extendió en plazo de 5 días.

3.- La declaración de extinción de la sociedad Arance Madrid, S.A. y el cierre de su hoja en el Registro Mercantil para su constancia. Dicha declaración de extinción no ha de impedir la subsistencia de su personalidad jurídica para plantear, mantener o soportar reclamaciones o demandas judiciales en realización o pago de todo activo o pasivo subsistente.

A tales efectos y en particular respecto de ejecuciones singulares de acreedores, la inclusión de su crédito en la lista definitiva se equipara a una sentencia de condena firme, de conformidad con el art. 178.2 LC.

Esta resolución es firme y contra ella no cabe recurso.

Sevilla, 26 de junio de 2017.- La Letrada de la Administración de Justicia.

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