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Documento BOE-B-2017-4253

MADRID

Publicado en:
«BOE» núm. 21, de 25 de enero de 2017, páginas 5109 a 5109 (1 pág.)
Sección:
IV. Administración de Justicia
Departamento:
JUZGADOS DE LO MERCANTIL
Referencia:
BOE-B-2017-4253

TEXTO

Edicto.

D.ª Virginia Montejo Labrada, Letrada de la Administración de Justicia del Juzgado de lo Mercantil n.º 7 de Madrid, en cumplimiento de lo dispuesto en el artículo 23 de la Ley Concursal (LC),

Hace saber:

1. Que en el concurso Concurso Abreviado 860/2016, con Número de Identificación General del procedimiento 28.079.00.2-2016/0202664, por auto de fecha 09.01.2017, se ha declarado en concurso voluntario, que se tramitará por el procedimiento abreviado, a Operpicking, S.L.U., con n.º de identificación B84040195, y domiciliado en camino de la Barca, 5, Polígono Industrial Puerto Seco, Azuqueca de Henares (Guadalajara).

2. Que el deudor conserva las facultades de administración y disposición de su patrimonio, pero sometidas a la intervención de la Administración concursal

3. Que los acreedores del concursado deben poner en conocimiento de la Administración Concursal la existencia de sus créditos en la forma y con los datos expresados en el artículo 85 de la L.C. por correo ordinario o en cualquiera de los medios admitidos en derecho, directamente, no siendo válida la comunicación que se dirija directamente al Juzgado, en el domicilio de la Administración Concursal que es el siguiente:

Nagore Caro Fernández.

Despacho profesional: Calle Orense, 6, planta 15, oficina A3.

Teléfono: 910 700 370

Email: operconcurso@gmail.com

4. El plazo para esta comunicación es el de un mes a contar desde la última publicación de los anuncios que se ha ordenado publicar en el Boletín Oficial del Estado.

5. Que los acreedores y demás interesados en personarse en el concurso lo deberán realizar por medio de Abogado y Procurador, salvo lo previsto en la legislación laboral respecto a los trabajadores del concursado.

6. Que la dirección electrónica del Registro Público Concursal donde se publicarán las resoluciones que traigan causa del concurso, es www.publicidadconcursal.es

Madrid, 11 de enero de 2017.- La Letrada de la Administración de Justicia.

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