D.ª Tomasa Hernández Martín, Letrada de la Administración de Justicia del Juzgado de lo Mercantil número 1 de Zaragoza,
Hago saber:
Primero.- Que en el procedimiento concursal voluntario y abreviado número 141/11-A se ha dictado en fecha 22/06/2017 el Auto de conclusión del concurso reabierto y el archivo de las actuaciones, respecto de los siguientes deudores:
Aragonesa de Fincas e Inversiones, S.L.U., CIF B50815331.
Edificaciones Yarrow Dosm, S.L., CIF B83932087.
Promociones y Derechos Urbanísticos 2001, S.L., CIF B50905926.
Proyectos Baigent, S.L., CIF B83307611.
Segundo.- En dicho Auto se ha acordado el cese en el cargo como administración concursal, el cese de las limitaciones de las facultades de administración y disposición de los deudores hasta ahora subsistentes y el cierre de las hojas de inscripción en el Registro Mercantil.
Tercero.- Contra el Auto de conclusión no cabe recurso.
Zaragoza, 22 de junio de 2017.- La Letrada de la Administración de Justicia.
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