Está Vd. en

Documento BOE-B-2017-41972

PALMA DE MALLORCA

Publicado en:
«BOE» núm. 158, de 4 de julio de 2017, páginas 50614 a 50615 (2 págs.)
Sección:
IV. Administración de Justicia
Departamento:
JUZGADOS DE LO MERCANTIL
Referencia:
BOE-B-2017-41972

TEXTO

Edicto

Juzgado de lo Mercantil n.º 1 de Palma de Palma de Mallorca.

En este órgano judicial se tramita extravío, sustracción, letra de cambio, pagare 0000226 /2017 seguido a instancias de "Accenture, S.L." contra "Mercadona, S.A." sobre en los que, por resolución de fecha 11 de mayo de 2017 se ha acordado:

Decreto

Sr. Letrado de la Administración de Justicia: Don Juan Enrique Tevar Fernández.

En Palma de Mallorca, a 11 de mayo de 2017.

Hechos

Único En el presente procedimiento se inició por solicitud de la procuradora doña Ana Díez Blanco en nombre y representación de "Accenture, S.L." por la que se interesaba la declaración de amortización del pagaré número 426921-30215-25, con valor nominal 90.750 euros, y fecha de vencimiento el 4 de julio de 2016.

Acuerdo:

Parte dispositiva

1. Notificar la presente solicitud de jurisdicción Voluntaria a "Mercadona, S.A.".

2. El anuncio de la incoación del expediente en el "BOE" y en un periódico de gran circulación en la provincia de Baleares cuyo diligenciamiento corresponde al procurador de la parte instante. Expidiéndose al efecto edicto para su publicación.

3. Que señalo el próximo dia 12 de julio de 2017 a las 10:00 horas para celebrar la comparecencia a la que se refiere el articulo 135.4 de la norma procesal de jurisdicción voluntaria.

Cítese a la instante del procedimiento a través de su Representación procesal y al emisor del título valor.

Si alguno de los interesados fuera a formular oposición, deberá hacerlo en los 5 días siguientes a su citación, y no se hará contencioso el expediente, ni impedirá que continúe su tramitación hasta que sea resuelto, salvo que la ley expresamente lo prevea. Del escrito de oposición se dará traslado a la parte solicitante inmediatamente.

Notifíquese la presente a las partes con indicación de que contra la misma cabe interponer recurso de reposición en el plazo de cinco días sin necesidad de consignar depósito alguno.

Modo de Impugnación: Contra la presente resolución cabe interponer recurso de reposición ante el/la Letrado de la Administración de Justicia que lo dicta, en el plazo de cinco días contados a partir del día siguiente al de su notificación, mediante escrito en el que deberá expresarse la infracción en que la resolución hubiera incurrido a juicio del recurrente (art. 451.1 y 452.1 LEC).

Dicho recurso carecerá de efectos suspensivos (art. 451.3 LEC).

Así lo acuerdo y firmo. Doy fe.

Palma de Mallorca, 11 de mayo de 2017.- El/La Letrado de la Administración de Justicia.

subir

Agencia Estatal Boletín Oficial del Estado

Avda. de Manoteras, 54 - 28050 Madrid