Edicto
Doña María Jesús Palmero Sandín, Letrada de la Administración de Justicia del Juzgado de lo Mercantil n.º 6 de Madrid, hago saber:
Que en este Juzgado se sigue procedimiento de concurso voluntario abreviado con n.º 656/2017 relativo a la mercantil Decoración e Interiorismo Aurosol, S.L. con CIF B-81499816, en los que se ha dictado auto de fecha 21/06/2017, acordando:
1.- Se declara la competencia territorial de este Juzgado para conocer del concurso solicitado por el procurador de los Tribunales don Luis Amado Alcántara, en nombre y representación de Decoración e Interiorismo Aurosol, S.L. con CIF B-81499816.
2.- Se declara en concurso, que tiene carácter de voluntario al deudor Decoración e Interiorismo Aurosol, S.L. Se aplicarán en la tramitación del procedimiento las normas procedimentales del Capítulo II del Título VIII L.Co. para el procedimiento abreviado.
3.- El deudor conservará las facultades de administración y disposición sobre su patrimonio.
4.- Se acuerda, simultáneamente a lo anterior, la conclusión del concurso por la causa 3.ª del apartado 1.º del art. 176.bis L.Co., con los efectos inherentes a dicha declaración, en especial:
a) Se acuerda el cese de todas las limitaciones de las facultades de administración y disposición del deudor que pudieran derivarse de la presente declaración de concurso; sin que haya lugar al cese de administrador concursal al no haber sido designado.
b) Firme la presente resolución, notifíquese la presente a los acreedores y demás interesados; inscribiendo la misma en el modo señalado en el art. 24 L.Co.; declarando la gratuidad de la inscripción en el BOE.
Madrid, 21 de junio de 2017.- La Letrada de la Administración de Justicia.
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