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Documento BOE-B-2017-41416

BARCELONA

Publicado en:
«BOE» núm. 157, de 3 de julio de 2017, páginas 49978 a 49979 (2 págs.)
Sección:
IV. Administración de Justicia
Departamento:
JUZGADOS DE PRIMERA INSTANCIA E INSTRUCCIÓN
Referencia:
BOE-B-2017-41416

TEXTO

Juan Sanabra Gafarot, Letrado de la Administración de Justicia del Juzgado de Primera Instancia número 11 de Barcelona,

Declaración de ausencia 265/2017

Parte Demandante: María Fores Ventosa

Parte Demandada: Ministerio Fiscal, José Fores Nin

Sobre Personas, familia y acogimiento de menores (títulos ii, iii y disposición adicional segunda)

En el que se ha dictado Decreto de fecha 22 de mayo de este año cuya parte dispositiva es la siguiente:

Parte Dispositiva

Admito la solicitud presentada por el Procurador Jesús Miguel Acin Biota en nombre y representación de María Fores Ventosa, sobre declaración de ausencia, respecto de Jose Fores Nin con último domicilio conocido en calle Sants 33 bis, segundo segunda, 08014 Barcelona. Tengo al referido Procurador como comparecido y parte en la representación que acredita.

Acuerdo la celebración de la oportuna comparecencia y señalo, al efecto, el día 24 de julio de 2017 a las 10 horas en la Oficinas del Juzgado/Tribunal de este Órgano judicial.

A la comparecencia, se citará a María Fores Ventosa, José Fores Nin y al Ministerio Fiscal en los respectivos domicilios que constan en las actuaciones; con la antelación y prevenciones previstas en el artículo 17.3 y 18.2 Ley de Jurisdicción Voluntaria, para lo que se expedirán las cédulas de citación y despachos que fueren necesarios.

En las cédulas, se advertirá:

Primera: A la parte solicitante: -si no asiste a la comparecencia, se le tendrá por desistido de la demanda y se acordará el archivo de la solicitud (artículo 18.2 primera Ley Jurisdicción Voluntaria).

Segunda: A las demás personas citadas: - si alguna no asiste, la comparecencia se celebrará y continuará el expediente sin más citaciones ni notificaciones que las que la ley disponga (artículo 18.2. primera Ley Jurisdicción Voluntaria).

- si alguna va a formular oposición, debe hacerlo en los cinco días siguientes a su citación pero ello no hará que el expediente se torne contencioso ni impedirá que continúe su tramitación hasta que sea resuelto, salvo que la ley expresamente lo prevea y así se le indique en la cédula de citación (artículo 17 último párrafo Ley Jurisdicción Voluntaria).

Tercera: A todas las personas citadas: - deben asistir a la comparecencia con los medios de prueba de que intenten valerse (artículo 16.3 Ley Jurisdicción Voluntaria).

Lo acuerdo y firmo.

El Letrado de la Administración de Justicia

Para que sirva de comunicación a las personas interesadas, conforme a lo dispuesto en el artículo 70.2 de la Ley 15/2015, de dos de julio (Ley Jurisdicción Voluntaria), expido y firmo el presente edicto que será publicado en el tablón de anuncios del Ayuntamiento de la localidad de Barcelona y en el Boletín Oficial del Estado, a la resolución objeto de publicación, cuyo texto íntegro resta a su disposición en la Secretaría de este Juzgado, se le han eliminado los datos susceptibles de ser protegidos por la Ley Orgánica 15/1999, de 13 de diciembre.

Este edicto ha de ser publicado dos veces, con un intervalo mínimo de ocho días.

En Barcelona, 22 de junio de 2017.- El Letrado de la Administración de Justicia.

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