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Documento BOE-B-2017-41362

Resolución de la Delegación Territorial de Economía, Innovación Ciencia y Empleo de Almería, de declaración en concreto de utilidad pública y aprobación de proyecto de ejecución de instalaciones para Planta Satélite de GNL en el t.m. de Níjar (Almería). Expte.: GNA-28/2.

Publicado en:
«BOE» núm. 156, de 1 de julio de 2017, páginas 49921 a 49923 (3 págs.)
Sección:
V. Anuncios - B. Otros anuncios oficiales
Departamento:
Comunidad Autónoma de Andalucía
Referencia:
BOE-B-2017-41362

TEXTO

Visto el expediente referenciado y examinados los documentos obrantes en el mismo se constatan los siguientes

ANTECEDENTES DE HECHO

PRIMERO.- La empresa REDEXIS GAS, S.A. con C.I.F. A-82625021 y domicilio a efectos de notificaciones en Avda. Federico García Lorca, nº 31 local 10, 18014 Granada., solicitó ante la Delegación Territorial de Economía, Innovación, Ciencia y Empleo de Almería, con fecha 15/03/2016, Reconocimiento en concreto de utilidad pública y Aprobación de Proyecto de ejecución de instalaciones para planta satélite de GNL en el T.M. de Níjar (Almería).

SEGUNDO.- De acuerdo con el artículo 78 del Real Decreto 1434/2002 de 27 de diciembre, por el que se regulan las actividades de transporte, distribución, comercialización, suministro y procedimientos de autorización de instalaciones de gas natural, se sometió el expediente a información pública, insertándose anuncio en el BOE nº 38 de 14 de febrero de 2017, en el BOJA nº 29 de 13 de febrero de 2017, en el BOP de Almería nº 37 de 23 de febrero de 2017 y en los diarios "La Voz de Almería" de 14 de febrero de 2017 y "Diario de Almería" de 14 de febrero de 2017. Asimismo, fue efectuada publicación en el tablón de anuncios y edictos del Ayuntamiento de Níjar desde el 28 de abril de 2016 hasta el 31 de mayo de 2016.

En dichos anuncios se incluían relación concreta y detallada de bienes y derechos afectados por la citada instalación.

TERCERO.- Que dentro del plazo de información pública, no se presentaron alegaciones.

FUNDAMENTOS DE DERECHO

PRIMERO. Esta Delegación es competente en la materia objeto de la solicitud mencionada según lo dispuesto en el Título II, Capítulo II, artículo 49 de la Ley Orgánica 2/2007, de 19 de marzo, de reforma del Estatuto de Autonomía para Andalucía, y las Disposiciones Adicionales 4ª y 6ª y la Disposición Transitoria 5ª del Decreto 342/2012, de 31 de julio, modificado por el Decreto 304/2015, de 28 de julio, por el que se regula la Organización Territorial Provincial de la Administración de la Junta de Andalucía, en relación con el Decreto 210/2015, de 14 de julio, por el que se regula la estructura orgánica de la Consejería de Empleo, Empresa y Comercio y con el Decreto de la Presidenta 12/2015, de 17 de junio, de la Vicepresidencia y sobre reestructuración de Consejerías.

SEGUNDO.- En la tramitación del expediente se han cumplido los requisitos y condiciones establecidos en la Ley 34/1998, de 7 de octubre, del Sector de Hidrocarburos, el R.D. 1434/2002, citado anteriormente, Ley de Expropiación Forzosa de 16 de diciembre de 1954, y su Reglamento de desarrollo y la Ley 39/2015, de 1 de octubre, del Procedimiento Administrativo Común de las Administraciones Públicas.

Visto los antecedentes de hecho y los fundamentos de derecho expresados más arriba, esta Delegación Territorial,

RESUELVE

PRIMERO.- Conceder la Aprobación de Proyecto y Declarar en concreto la Utilidad Pública del Proyecto de ejecución de instalaciones para planta satélite de GNL en el T.M. de Níjar (Almería), cuyas características principales son las siguientes:

·Planta satélite de gas natural licuadoubicada al este del municipio de Níjar en parcela clasificada como terreno rústico, compuesta por un recipiente criogénico de 19,9 m³ con el siguiente equipamiento:

Serpentín P.P.R. del recipiente, puerto de descarga de cisternas, equipo de vaporización atmosférica de 200 Nm³/h de emisión (2x200 Nm³/h) ampliable, recalentador de GNL con capacidad hasta 600 Nm³/h, sistema de válvula de seguridad por gas frío (VSF), sistema de odorización y estación de regulación y medida ERM con salida de 5 bar.

·Antena de suministro MOP 5, con tubo de PE 100 DN 90 SDR 17,6 y longitud 151 m.

Esta antena conectará la planta de GNL con la red de distribución del núcleo urbano.

Presupuesto para la ejecución material de las instalaciones asciende a la cantidad de ciento sesenta y dos mil ciento ochenta y cuatro euros con veintinueve céntimos (162.184,29€).

SEGUNDO.- La empresa REDEXIS GAS, S.A. constituirá en el plazo de dos meses, a partir de la fecha de publicación de esta Resolución en el BOP de Almería, garantía por valor de 3243,68 euros (tres mil doscientos cuarenta y tres euros con sesenta y ocho céntimos), importe correspondiente al 2% del presupuesto que figura en el expediente, conforme a lo dispuesto en el artículo 73.4 de la Ley 34/98, de 7 de octubre, del Sector de Hidrocarburos. Dicha garantía se constituirá en la Caja General de Depósitos de la Consejería de Hacienda y Administración Pública a disposición de la Delegación Territorial de Economía, Innovación, Ciencia y Empleo de Almería, en metálico, en valores del Estado, mediante aval bancario o contrato de seguro de caución. Deberá remitirse a esta Delegación Territorial la documentación acreditativa de la constitución de la citada garantía en un plazo de treinta días desde su materialización.

TERCERO.- La Declaración en concreto de la Utilidad Pública de la instalación, a los efectos de expropiación forzosa, lleva implícita la necesidad de ocupación de los bienes o de adquisición de los derechos afectados e implicará la urgente ocupación de los mismos de acuerdo con el artículo 52 de la Ley de Expropiación forzosa y 105 de la Ley 34/1998 de 7 de octubre, del sector de Hidrocarburos.

CUARTO.- Acordar la iniciación del procedimiento expropiatorio que regula el artículo 52 de la Ley de Expropiación Forzosa de 16 de diciembre de 1954, y su Reglamento de desarrollo, respecto de los bienes y derechos afectados por el proyecto antes citado y que se describen en la relación de afectados que se une como Anexo a la presente Resolución.

QUINTO. La presente autorización se otorga sin perjuicio de las concesiones y autorizaciones que sean necesarias, de acuerdo con otras disposiciones que resulten aplicables, la correspondiente legislación sectorial y, en especial, las relativas a la ordenación del territorio y al medio ambiente.

SEXTO.- En virtud de lo dispuesto en el art 73.6 de la Ley 34/98, de 7 de octubre, el incumplimiento de las condiciones y requisitos de la presente Autorización, o la variación sustancial del presupuesto que determinaron su otorgamiento, podrá dar lugar a su revocación.

SÉPTIMO.- Notifíquese esta Resolución a cada interesado, publicándose además en el BOJA y extracto de la misma en BOE y BOP de Almería, así como en el tablón oficial de anuncios del Ayuntamiento de Níjar, todo ello de conformidad con lo establecido en el citado artículo 21 de la Ley de Expropiación Forzosa, señalando que las citadas publicaciones se realizan igualmente a los efectos previstos en el artículo 44 de la Ley 39/2015, de 1 de octubre, del Procedimiento Administrativo Común de las Administraciones Públicas, para el caso de domicilios ignorados o notificaciones que no se hayan podido practicar.

Contra esta Resolución, que pone fin a la vía administrativa, podrá interponerse recurso contencioso administrativo ante la Sala de lo Contencioso-Administrativo del Tribunal Superior de Justicia de Andalucía, conforme a lo establecido en los artículos 10 y 46.1 de la Ley 29/1998, de 13 de julio, reguladora de la Jurisdicción Contencioso-Administrativa, o potestativamente recurso de reposición ante esta Delegación Territorial de Economía, Innovación, Ciencia y Empleo en Almería en el plazo de UN MES contado a partir del día siguiente de su notificación, de conformidad con el artículo 123 y siguientes de la Ley 39/2015, de 1 de octubre, del Procedimiento Administrativo Común de las Administraciones Públicas.

RELACIÓN CONCRETA E INDIVIDUALIZADA DE BIENES Y DERECHOS AFECTADOS GNA-28/2: "Planta Satélite de GNL para suministro al t.m. de Níjar (Almería)"

Abreviaturas utilizadas: SE = m² expropiación en dominio; SP= m.l. servidumbre de paso; EXP= m² expropiación; OT= m² ocupación temporal; POL = polígono; PAR= parcela

Finca

Titular

AFECCIONES

CATASTRO

Naturaleza

Serv m.l.

Serv m²

OT m²

Políg

Parc

A-NIJ-C1

José García Rodríguez

31,8

12,72

53,20

50

3

Agrario

A-NIJ-C3

32,3

12,92

115,30

50

9002

Vía de comunicación. Dominio Público

A-NIJ-C4

30,40

12,16

174,40

50

2

Agrario

A-NIJ-C5

0

0

78,40

50

1

Agrario

INSTALACIONES AUXILIARES

Finca

Titular

AFECCIONES

EXPROP

CATASTRO

Naturaleza

Serv m.l.

Serv m²

OT m²

Políg

Parc

A-NIJ-PL1

José García Rodríguez

0

0

0

806

50

3

Agrario

A-NIJ-VA1

José García Rodríguez

0

0

0

173

50

3

Agrario

A-NIJ-VA2

0

0

0

64

50

4

Agrario

A-NIJ-V1

0

0

0

1

50

3

Agrario

Finca

Titular

AFECCIONES

CESIÓN

CATASTRO

Naturaleza

Serv m.l.

Serv m²

OT m²

Políg

Parc

A-NIJ-VA3

0

0

0

94

50

9002

Vía de comunicación. Dominio Público

Almeria, 9 de mayo de 2017.- El Delegado Territorial de Economía, Innovación, Ciencia y Empleo, Miguel Ángel Tortosa López.

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