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Documento BOE-B-2017-4087

ALICANTE

Publicado en:
«BOE» núm. 20, de 24 de enero de 2017, páginas 4908 a 4908 (1 pág.)
Sección:
IV. Administración de Justicia
Departamento:
JUZGADOS DE LO MERCANTIL
Referencia:
BOE-B-2017-4087

TEXTO

Doña Cristina Cifo González, Letrada de la Administración de Justicia del Juzgado de lo Mercantil n.º 1 de Alicante,

Hace saber: Que en este Juzgado se tramita procedimiento de Jurisdicción Voluntaria a instancia de Decomader, S.L., contra La Caixa y Ecisa Cia General de Construcciones, S.A., en el que se ha dictado resolución del tenor literal siguiente:

Diligencia de Ordenación

Letrado de la Administración de Justicia que la dicta: D/D.ª Cristina Cifo González.

Lugar: Alicante.

Fecha: Veintitrés de diciembre de dos mil dieciséis.

Por turnada en este Juzgado la anterior solicitud de expediente de jurisdicción voluntaria por denunciar la pérdida o extravío de pagaré formulada por el Procurador Jesús Zaragoza Gómez de Ramón, en nombre y representación de la mercantil Decomader, S.L., se tiene por comparecido en el presente expediente y entiéndase con dicho Procurador las sucesivas diligencias en la forma dispuesta en la ley.

Con arreglo a lo dispuesto en la Ley de Jurisdicción Voluntaria 15/2015, de 2 de julio en su art. 132 y sig. comuníquese al emisor del pagaré Ecisa Cia General de Construcciones, S.A., y a La Caixa, la presente demanda con entrega de copia señalándose para la celebración de la comparecencia el dia 27 de enero de 2017, a las 10:15 horas.

La comparecencia se efectuará en la sala de vistas n.º 9 de este Juzgado sita en la 1.ª planta, salvo que hubiera imposibilidad de utilizar los medios de registro tal y como ordena la Ley, en cuyo caso se procederá a su celebración en la oficina judicial de conformidad con lo dispuesto en el art. 146 de la LEC, debiendo verificar por procedimiento informático el levantamiento del acta correspondiente.

Las partes deberán comparecer por medio de Abogado y Procurador.

Si no compareciere el solicitante ni alegar justa causa, se le tendrá por desistido y se archivará el expediente.

Si no lo hace el requerido ni manifestare justa causa para no concurrir, se celebrará el acto y continuará el expediente sin más citaciones ni notificaciones que la ley disponga.

Previo a todo ello procede la publicación de la presente resolución en el BOE y en el periódico de mayor circulación que se designe a los fines de la citación de quien pudiere estar interesado.

Procédase a la entrega de los oficios al Procurador para que cuide de su diligenciamiento

Alicante, 3 de enero de 2017.- La Letrado de la Administración de Justicia.

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