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Documento BOE-B-2017-38599

ALICANTE

Publicado en:
«BOE» núm. 147, de 21 de junio de 2017, páginas 46566 a 46566 (1 pág.)
Sección:
IV. Administración de Justicia
Departamento:
JUZGADOS DE LO MERCANTIL
Referencia:
BOE-B-2017-38599

TEXTO

Edicto

Doña Pilar Solanot García, Letrada de la Administración de Justicia del Juzgado de lo Mercantil n.º 2 de Alicante, por el presente

Hago saber:

Que en el procedimiento concurso abreviado 000830/2015-K sobre declaración de concurso de la mercantil Asociación los Arcos de Altea, Asociación Altea Europa para la Integración Social, Asociación Altea España, Asociación para la Formación de Jóvenes y Adultos, Fundación Relleu de la comunidad Valenciana, Asociación Tercera Edad El Verdader, Asociación Emaus Org (acumulado) y Fundación para Nuestros Mayores Villa de Altea de la Comunidad Valenciana (acumulado), con domicilio en Partida Los Arcos, nº. 55, 03590 Altea (Alicante), Partida Plá del Castell, n.º 119, de Altea (Alicante), Partida Plá del Castell, n.º 119, de Altea (Alicante), Partida Montahud, n.º 96, de Aaltea (Alicante), Partida de la Hoya del Río, s/n, 03578 de Relleu (Alicante), Partida Llano del Castillo, n.º 110, de Altea (Alicante), Partida Llano del Castillo, n.º 110, Altea y CIF números G53328092, G53019659, G53124665, G53327920, G53388419, G53328092, G03074374 y G54903965, se ha dictado Auto de fecha 04-05-2017, dictado por el Magistrado D. Salvador Calero García, que contiene, entre otros, los siguientes pronunciamientos:

Se rectifica auto de 28-11-2016 dictado en el concurso 650/16-K, que fue acumulado al concurso 830/15-k, en el sentido de que donde se dice que el CIF de Fundación Nuestros Mayores Villa de Altea de la comunidad Valenciana es CIF número Q0300563D, debe decir CIF número G54903965.

Contra la presente resolución no cabe recurso alguno.

Y para que sirva de publicación en ese Registro Público, expido el presente en

Alicante, 18 de mayo de 2017.- La Letrada de la Administración de Justicia.

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