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Documento BOE-B-2017-38405

PAMPLONA

Publicado en:
«BOE» núm. 146, de 20 de junio de 2017, páginas 46251 a 46252 (2 págs.)
Sección:
IV. Administración de Justicia
Departamento:
JUZGADOS DE LO MERCANTIL
Referencia:
BOE-B-2017-38405

TEXTO

Edicto

El Juzgado de lo Mercantil n.º 1 de Pamplona/Iruña en cumplimiento de lo dispuesto en el artículo 23 de la Ley Concursal (LC), anuncia:

1.º Que en el Concurso Abreviado número 146/2017, Nig 3120147120170000122, por auto de 26 de abril de 2017 se ha declarado en concurso de materia Derecho mercantil al deudor María Elena Bejarano Prieto con Nif 16579387K y Garabet Tarjenian Astour, con Nif n° 73125605A y domicilio en c/ San Martín, 109 de Paternain —Navarra— y cuyo centro de principales, intereses lo tiene en la citada localidad.

2.° Que el deudor ha sido suspendido en el ejercicio de las facultades de administración y disposición de su patrimonio, siendo sustituido por la administración concursal.

3.º Que los acreedores del concursado deben poner en conocimiento de la administración concursal la existencia de sus créditos, por escrito firmado por el acreedor, por cualquier otro interesado en el crédito o por quien acredite representación suficiente de ellos. La comunicación podrá presentarse en el domicilio designado en este Edicto o remitirse a dicho domicilio. También podrá efectuarse la comunicación por medios electrónicos en la dirección electrónica que consta en este edicto. La comunicación deberá realizarse en la forma prevista en el artículo 85.3 de la Lc.

La Administración concursal está integrada por D./Dº Angel Luis Chocarro Abalos con domicilio postal en: Avenida Roncesvalles/Orreaga Etorbidea, 4 1.°, 31002 de Pamplona/Iruña y dirección electrónica: mediacionconcursal2017001@camaranavarra.com

El plazo para esta comunicación es el de Un Mes a contar desde la publicación en el Boletín Oficial del Estado del auto de declaración del concurso.

4.° Que los acreedores e interesados que deseen comparecer en el procedimiento deberán hacerlo por medio de Procurador y asistidos de Letrado (artículo 184.3 LC).

5.º Que en la misma resolución se ha acordado la apertura de la fase de liquidación, acordado, de conformidad con al Art. 191.ter, dar traslado del plan presentado por plazo de 10 días para que los acreedores puedan realizar alegaciones.

6.º Que en la misma resolución se ha acordado la apertura de la sección sexta de calificación.

Dentro de los diez días siguientes a la publicación de esta resolución en el R.P.C., cualquier acreedor o persona que acredite interés legítimo podrá personarse en la sección de calificación alegando por escrito cuanto considere relevante para la calificación del concurso como culpable.

Dentro de los Quince días siguientes a la expiración del anterior plazo, sin necesidad de previa resolución judicial para el inicio de su cómputo, los administradores concursales presentarán un informe razonado y documentado sobre los hechos relevantes para la calificación del concurso, con propuesta de resolución.

Pamplona, 16 de mayo de 2017.- El/la Letrado de la Administración de Justicia.

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