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Documento BOE-B-2017-38390

LAS PALMAS DE GRAN CANARIA

Publicado en:
«BOE» núm. 146, de 20 de junio de 2017, páginas 46235 a 46235 (1 pág.)
Sección:
IV. Administración de Justicia
Departamento:
JUZGADOS DE LO MERCANTIL
Referencia:
BOE-B-2017-38390

TEXTO

EDICTO

Don EDUARDO JOSÉ REBOLLO SANZ, Letrado de la Administración de Justicia del Juzgado de lo Mercantil N.º 2 de Las Palmas de Gran Canaria.

Por el presente se,

HACE SABER:

Que en el procedimiento concursal 0000144/2017, seguido a instancias del Procuradora Dña. María Desiree Galván Suárez, en nombre y representación de Dña. GRACIELA ROJO CRESPO, se ha dictado Auto el día 26 de mayo de 2017, en cuya parte dispositiva constan, entre otros, los siguientes extremos:

Se declara el concurso de Dña. GRACIELA ROJO CRESPO con DNI, n.º 01933980W, el que se tramitará por el procedimiento abreviado.

A los efectos oportunos, el presente concurso, tiene el carácter de voluntario.

Conforme prevé el art. 23 de la Ley Concursal el presente edicto se insertará en el Registro Público concursal, en el Boletín Oficial del Estado y en tablón de anuncios de este Juzgado.

Se designan como Administrador del concurso a: D. Miguel Angel Ramírez Delgado, como economista, el cual ha designado como domicilio postal el de calle Venegas, 65-6.ºA y B, tlf. 928297014, Fax 928297014, correo electrónico maramirez@marauditores.com, mfernandez@marauditores.com

El deudor conservará las facultades de administración y disposición sobre su patrimonio, quedando sometido el ejercicio de éstas a la intervención de los administradores concursales, mediante su autorización o conformidad.

Llámese a los acreedores para que pongan en conocimiento de la Administración Concursal la existencia de sus créditos en el plazo de UN MES a contar desde el siguiente a la publicación en el "Boletín Oficial del Estado" del Auto de declaración de concurso, conforme a lo previsto en el art. 23 de la Ley 22/2003, de 9 de julio, Concursal en el domicilio designado por la Administración Concursal y en la forma prevista en el art. 85 de la mentada Ley.

Que los acreedores e interesados que deseen comparecer en el procedimiento deberán hacerlo por medio de Procurador y asistidos de Letrado (art. 184.3 LC.).

Y para que sirva de publicación a los efectos acordados en el Auto dictado, así como, de notificación a los acreedores y al deudor en el caso de que éste no hubiere comparecido, de conformidad a lo establecido en el art. 21.5 y 23 de la Ley Concursal, se expide el presente Edicto

Las Palmas de Gran Canaria, 16 de junio de 2017.- Letrado de la Administración de Justicia.

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