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Documento BOE-B-2017-38117

GRANADA

Publicado en:
«BOE» núm. 145, de 19 de junio de 2017, páginas 45902 a 45902 (1 pág.)
Sección:
IV. Administración de Justicia
Departamento:
JUZGADOS DE LO MERCANTIL
Referencia:
BOE-B-2017-38117

TEXTO

Edicto

El Juzgado de lo Mercantil de Granada, en cumplimiento de lo dispuesto en el artículo 23 de la Ley Concursal, anuncia:

Que en el concurso voluntario nº 384/2008, con NIG 1808742M20080000451, seguido a instancia de Promociones y Construcciones Zaragoza CH2, S.L., con Cif B-18625301, se ha dictado con fecha 18 de mayo de 2017 auto en cuya parte dispositiva se ha acordado lo siguiente:

Acuerdo la conclusión del concurso voluntario de acreedores de la persona jurídica Promociones y Construcciones Zaragoza CH2, S.L., con CIF B-18625301, inscrita en el Registro Mercantil de Granada y la aprobación de la rendición de cuentas presentada por la administración concursal. De conformidad a ello:

Procédase a la publicación de la presente resolución en el BOE, en el Registro Mercantil y en el Registro Público Concursal.

Procédase a la cancelación de las anotaciones de declaración de concurso existentes, librando a tal efecto los mandamientos oportunos.

Llévese testimonio de la presente resolución a todas las secciones del concurso.

Se acuerda la extinción de Promociones y Construcciones Zaragoza CH2, S.L. con CIF B-18625301. Líbrese mandamiento al Registro Mercantil conteniendo testimonio de la presente resolución, firme que sea la misma, al objeto de la inscripción de la cancelación de Promociones y Construcciones Zaragoza CH2, S.L. con CIF B-18625301.

Requiérase a la administración concursal para que en el plazo de cinco días desde la cancelación de la inscripción realizada en el Registro mercantil aporte al juzgado su acreditación de administrador cesando en ese momento en sus funciones.

Contra la presente resolución no cabe interponer recurso alguno (art. 177 LC).

Granada, 23 de mayo de 2017.- La Letrada de la Administración de Justicia.

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