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Documento BOE-B-2017-3790

ALICANTE

Publicado en:
«BOE» núm. 19, de 23 de enero de 2017, páginas 4554 a 4554 (1 pág.)
Sección:
IV. Administración de Justicia
Departamento:
JUZGADOS DE LO MERCANTIL
Referencia:
BOE-B-2017-3790

TEXTO

 

 

Doña CRISTINA CIFO GONZÁLEZ, Letrado de la Administración de Justicia del Juzgado de lo Mercantil Número 1 de Alicante dictó, de conformidad con el artículo 21 y 23 de la Ley Concursal, el presente edicto al objeto de dar publicidad al auto de conclusión del concurso nº 540/10 I de este Juzgado por auto de 19 de diciembre de 2016 cuya parte dispositiva es de este tenor literal:

 

1.- Se declara concluso el concurso de acreedores de OCNOS LEVANTE, S.L., con C.I.F nº B-53723193.

 

2.- Quedan sin efecto y se alzan las limitaciones de administración y disposición del deudor que vinieron en su día acordadas a salvo las que se contengan en la sentencia de calificación.

3.- Se acuerda la extinción de OCNOS LEVANTE, S.L., decretándose la cancelación de su hoja registral de inscripción. Para su efectividad, líbrese mandamiento al Sr. Registrador Mercantil de la Provincia.

4. Se aprueba la cuenta rendida por la administración concursal en su informe de fecha12 de julio de 2016.

5. Se acuerda el cese de lo administradores concursales, a salvo la facultad para proseguir actuaciones en defensa de intereses patrimoniales de la concursada y requiérase la devolución de la credencial.

Notifíquese a las partes personadas y publíquese por medio de edicto en el BOE de forma gratuita y en el tablón de anuncios de este Juzgado e inscríbase en el Registro Mercantil.

Líbrense al efecto los correspondientes mandamientos y oficios que se entregan al Procurador del solicitante para su diligenciamiento, debiendo en el plazo de cinco días acreditar la presentación con los requisitos necesarios ante las oficinas correspondientes, bajo apercibimiento de incurrir en responsabilidad profesional en caso de demora.

Contra esta resolución no cabe recurso ( art 177)

 

Alicante, 19 de diciembre de 2016.- Letrado de la Administración de Justicia.

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