Edicto
Doña María Jesús Jimeno del Valle, Letrada de la Administración de Justicia del Juzgado de Primera Instancia e Instrucción número 1 de Teruel, por el presente,
Hago saber:
Primero.- Que en los Autos seguidos en este órgano judicial con Sección I declaración concurso 158/2017 y NIG número 44216 41 1 2017 0000633, se ha dictado en fecha diecisiete de mayo de dos mil diecisiete Auto de declaración y conclusión de concurso abreviado del deudor La Perla Proyecta, S.L., con CIF número B44222768, y con domicilio en Polígono La Paz, Parcela 62 de Teruel.
Segundo.- Conforme establece el artículo 176.1.3.° y el artículo 176 bis 4, ambos de la Ley Concursal se declara la conclusión del concurso, por insuficiencia de masa activa.
Tercero.- Los legitimados conforme a la Ley Concursal para personarse en el procedimiento deben hacerlo por medio de Procurador y asistidos de Letrado.
Cuarto.- La deudora tiene el deber de comparecer personalmente ante este Juzgado y ante la Administración Concursal cuantas veces sea requerida y asimismo tiene el deber de colaborar e informar en todo lo necesario o conveniente para el interés del concurso.
Quinto.- Las resoluciones que traigan causa del concurso se publicarán en la siguiente dirección electrónica del Registro Público Concursal: www.publicidadconcursal.es.
Teruel, 24 de mayo de 2017.- La Letrada de la Administración de Justicia.
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