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Documento BOE-B-2017-36011

TARRAGONA

Publicado en:
«BOE» núm. 138, de 10 de junio de 2017, páginas 43305 a 43305 (1 pág.)
Sección:
IV. Administración de Justicia
Departamento:
JUZGADOS DE LO PENAL
Referencia:
BOE-B-2017-36011

TEXTO

Doña Laura Rosello Alfonso, LAURA ROSELLO ALFONSO, Letrada de la Administración de Justicia del Juzgado de lo Penal número TRES de Tarragona,

CERTIFICO:

Que en el Rollo 350/14 se dictó sentencia contra el penado FRANCISCO PÉREZ SANTAELLA y contra JUAN JOSÉ OZAEZ RAMÍREZ por un delito contra la Hacienda Pública en concurso medial con un delito continuado de falsedad en documento mercantil imponiéndose para cada uno de los acusados las siguientes penas de: VEINTICUATRO MESES DE PRISIÓN con la accesoria de inhabilitación especial para el ejercicio del derecho de sufragio pasivo durante el tiempo de la condena y a la pena de multa de 247.080,28 euros fijándose una responsabilidad personal subsidiaria para el caso de impago de Cuatro meses, junto con la pérdida de la posibilidad de obtener subvenciones o ayudas públicas y el derecho a gozar de beneficio o incentivos fiscales o de la Seguridad Social durante el periodo de UN AÑO Y VEINTICUATRO MESES, así como al pago de 1/3 parte de las costas procesales a cada uno, incluidas las de la acusación particular. Respecto a la responsabilidad civil, se condena a Francisco Pérez Santaella y a Juan José Ozaez Ramírez y a Geskatrim, S.L., de forma solidaria, a que indemnicen a la Hacienda Pública en las cantidades de 123.540,28 euros por la cuota defraudada, más el interés de demora desde la finalización del periodo voluntario de pago del tributo defraudado hasta la sentencia, intereses legales del artículo 576 de la LEC.

Y para que conste a efectos de su publicación en el "Boletín Oficial del Estado", expido el presente.

Tarragona, 6 de junio de 2017.- La Letrada de la Administración de Justicia.

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