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Documento BOE-B-2017-34697

VALENCIA

Publicado en:
«BOE» núm. 133, de 5 de junio de 2017, páginas 41718 a 41719 (2 págs.)
Sección:
IV. Administración de Justicia
Departamento:
JUZGADOS DE LO MERCANTIL
Referencia:
BOE-B-2017-34697

TEXTO

Doña Cristina M.ª Valero Domenech, Letrado/a de la Admón. de Justicia del Juzgado de lo Mercantil núm. 3 de Valencia,

Por e presente, hago saber: Que en este Juzgado se tramitan autos de Concurso de Acreedores núm. 000428/2015, habiéndose dictado en fecha 28 de abril de 2017 por el Ilmo/a. Sr/a. Magistrado-Juez del Juzgado de lo Mercantil n.º 3 de Valencia auto firme de conclusión de concurso voluntario, cuya parte dispositiva es del siguiente tenor:

Parte Dispositiva

Acuerdo:

1.- Se Declara la Conclusión del Concurso Abreviado voluntario tramitado en este Juzgado bajo el número de procedimiento 000428/2015, promovido por el/la Procurador/a Sr/a Bellmont Regodón, Victor De, en nombre y representación de la mercantil Cimba Solutions, S.L., y el Archivo de las presentes actuaciones sin más trámite.

2.- Se acuerda el cese de las limitaciones de las facultades de administración y disposición del deudor, salvo las que se contengan en la sentencia firme de calificación

3.- Se acuerda disponer el cese del administrador concursal D/D.ª Rafael Ballester Casabuena, con DNI n.º 25416597X, revocando las autorizaciones otorgadas en el procedimiento concursal.

4.- Se acuerda declarar la extinción de la mercantil Cimba Solutions, S.L., con CIF B98539497, procediendo, en su caso, al cierre de la hoja de inscripción en los Registros Públicos que corresponda, a cuyo efecto expídase testimonio y mandamiento por duplicado al Registro Mercantil de Valencia ya que contra la presente resolución no cabe recurso alguno (art. 177 de la LC) y tiene carácter de firme.

5.- Se aprueba la cuenta rendida por la administración concursal en su informe de fecha 1 de marzo de 2017.

Dese a la presente resolución la oportuna publicidad en los términos de los artículos 23 y 24 LC expidiéndose los oportunos edictos para su publicación en el BOE de forma gratuita (Disposición Transitoria Segunda del R.D.L. 3/2009) y en el BORME, y asimismo en el tablón de anuncios del Juzgado, y mandamientos que se entregarán al/la Procurador/a de la concursada Bellmont Regodón, Víctor de, a fin de proceder a su diligenciamiento y gestión; quien en el plazo de diez dias a contar desde la notificación de la presente resolución, deberá presentar en la Secretaria de este Juzgado, acreditación de haber presentado en el BOE y RPC los referidos edictos

Llévese el original al libro de Autos Definitivos, dejando copia testimoniada en su lugar, e igualmente llévese testimonio de ésta resolución a la Sección 2.ª del concurso.

Notifíquese la presente resolución a la administración concursal, al concursado y a los acreedores personados en forma en el procedimiento, haciéndoles saber que contra la presente resolución no cabe recurso alguno (art. 177.1 LC).

Así por este Auto, lo pronuncia, manda y firma S.S.ª Doy fe.

El/la Magistrado/a-Juez/a. El/la Letrado/a de la Administración de Justicia.

Valencia, 28 de abril de 2017.- El/la Letrado/a de la Administración de Justicia.

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