Edicto
El Juzgado de lo Mercantil n.º 1 de Málaga en cumplimiento de lo dispuesto en el artículo 23 de la Ley Concursal, anuncia:
1.º- Que en el procedimiento número 250/2017, con NIG 2906742M20160001530 por auto de 9 de mayo de 2017 se ha declarado en concurso voluntario al deudor CONSTRUCCIONES Y OBRAS PRIEMARSOL SL con CIF n.º B92148113 y con domicilio C/ José Luis Morales n.º 23 Bajo de Marbella (Málaga) y cuyo centro de principales intereses lo tiene en Málaga.
2.º- Que el deudor conserva las facultades de administración y de disposición de su patrimonio, pero sometidas éstas a la intervención de la administración concursal.
3.º- Que la administración concursal la integra don Rafael Antonio Núñez Pérez, Economista con D.N.I. n.º 24847387G que lo hace en nombre y representación de la sociedad CONCURSALIA S.L.P. con CIF n.º B93/162956 con domicilio en Málaga y dirección postal C/ San Lorenzo n.º 2- 6.ª Planta, CP 29001, Tlf: 952 223 112, y con dirección de correo electrónico concursalia@concursalia.es que designa a los efectos de comunicación de créditos.
4.º- Que los acreedores del concursado deben poner en conocimiento de la administración concursal la existencia de sus créditos en la forma y con los datos expresados en el artículo 85 de la LC. La comunicación se formulará por escrito firmado por el acreedor, por cualquier otro interesado en el crédito o por quien acredite representación suficiente de ellos, y se dirigirá a la administración concursal. La comunicación podrá presentarse en el domicilio designado al efecto el cual deberá estar en la localidad en la que tenga su sede el juzgado, o remitirse a dicho domicilio, sin que quepa su presentación directa ante el Juzgado. También podrá efectuarse la comunicación por medios electrónicos.
El plazo para esta comunicación es el de un mes a computar de fecha a fecha y entendiendo como día final si fuera inhábil o no existiera día equivalente, el siguiente hábil al mismo a contar de la última publicación de los anuncios que se ha ordenado publicar en el Boletín Oficial del Estado.
5.º- Que los acreedores e interesados que deseen comparecer en el procedimiento deberán hacerlo por medio de Procurador y asistidos de Letrado (artículo 184.3 LC).
6.º- Que se designa la página web https://www.publicidadconcursal.es/ a los efectos de publicidad registral en el Registro Público Concursal.
Málaga, 16 de mayo de 2017.- El Letrado de la Administración de Justicia.
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