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Documento BOE-B-2017-32775

Anuncio de la Demarcación de Carreteras del Estado en la Comunidad Valenciana sobre sometimiento a información pública de los siguientes Documentos Técnicos, así como del Estudio de Impacto Ambiental común a los mismos: "Autovía A-7, del Mediterráneo. Tramo: Vilanova d´Alcolea – Les Coves de Vinromà". Clave: T2-CS-5790/12-CS-5790. "Autovía A-7, del Mediterráneo. Tramo: Les Coves de Vinromà – La Salzadella". Clave: T2-CS-5800/12-CS-5800. "Autovía A-7, del Mediterráneo. Tramo: La Salzadella – Traiguera". Clave: T2-CS-5810/12-CS-5810. Provincia de Castellón.

Publicado en:
«BOE» núm. 126, de 27 de mayo de 2017, páginas 39410 a 39411 (2 págs.)
Sección:
V. Anuncios - B. Otros anuncios oficiales
Departamento:
Ministerio de Fomento
Referencia:
BOE-B-2017-32775

TEXTO

La Dirección General de Carreteras, por Resolución de 22 de marzo de 2017, y en uso de las competencias establecidas en el artículo 32 del vigente Reglamento General de Carreteras, de 2 de septiembre de 1994, ha resuelto:

1. Aprobar provisionalmente los Documentos Técnicos:

"Autovía A-7, del Mediterráneo. Tramo: Vilanova d´Alcolea – Les Coves de Vinromà".

"Autovía A-7, del Mediterráneo. Tramo: Les Coves de Vinromà – La Salzadella".

"Autovía A-7, del Mediterráneo. Tramo: La Salzadella – Traiguera".

Y el Estudio de Impacto Ambiental correspondiente común a los tres documentos. Proponiendo como solución más favorable la denominada ALTERNATIVA 2.

2. Ordenar que, por la Demarcación de Carreteras del Estado en la Comunidad Valenciana, se proceda a incoar el correspondiente Expediente de Información Pública, de acuerdo con la Ley 39/2015, de 1 de octubre, del Procedimiento Administrativo Común de las Administraciones Públicas y la Ley 40/2015, de 1 de octubre, de Régimen Jurídico del Sector Público, en cumplimiento de cuanto establece:

El artículo 12 de la Ley 37/2015, de 29 de septiembre, de Carreteras y concordantes del Reglamento General de Carreteras (Real Decreto 1812/1994).

El artículo 36 de la Ley 21/2013, de 9 de diciembre, de Evaluación Ambiental.

3. Ordenar a la Demarcación de Carreteras del Estado en la Comunidad Valenciana que de acuerdo con el artículo 16.1 de la Ley 37/2015 de Carreteras, se sometan los Documentos Técnicos al preceptivo informe de la Comunidad Autónoma y Corporaciones Locales que pudieran ser afectadas.

4. Ordenar a la Demarcación de Carreteras del Estado en la Comunidad Valenciana que se remita un ejemplar de los Documentos Técnicos, y del Estudio de Impacto Ambiental correspondiente, a los Ayuntamientos afectados conforme al artículo 34.7 del Reglamento General de Carreteras (Real Decreto 1812/1994).

5. Ordenar a la Demarcación de Carreteras del Estado en la Comunidad Valenciana que de acuerdo con el artículo 8 de la Ley 37/2015 de Carreteras, se sometan los Documentos Técnicos a informe de los Departamentos Ministeriales a los que pueda afectar.

6. Ordenar a la Demarcación de Carreteras del Estado en la Comunidad Valenciana que se sometan los Documentos Técnicos, y el Estudio de Impacto Ambiental correspondiente, a consultas de las Administraciones Públicas afectadas y de las personas interesadas, y a petición de informes según el artículo 37 de la Ley 21/2013, de Evaluación Ambiental.

7. Ordenar que, por la Demarcación de Carreteras del Estado en la Comunidad Valenciana, se lleven a cabo los trámites necesarios para que la presente Resolución sea publicada en el "Boletín Oficial del Estado".

En consecuencia, de acuerdo con lo ordenado por la Dirección General de Carreteras, se someten los citados documentos técnicos a información pública durante un plazo de treinta (30) días hábiles contados a partir del primer día hábil siguiente al de la última fecha de la publicación reglamentaria en el "Boletín Oficial del Estado" y en un diario de gran tirada de la provincia de Castellón.

Los Documentos Técnicos y el Estudio de Impacto Ambiental común a los tres documentos, podrán ser consultados, en días y horas de oficina, en la Demarcación de Carreteras del Estado en la Comunidad Valenciana, sita en Valencia, C/ Joaquín Ballester, 39, planta primera, en la Unidad de Carreteras de Castellón, Ronda Mijares, 114, en Castellón, en las Corporaciones Locales afectadas de La Salzadella, Sant Mateu, Xert, La Jana, Traiguera, Cabanes, Benlloch, Vilanova d´Alcolea, Torre d´en Doménec y Les Coves de Vinromà, y en la página Web del Ministerio de Fomento http://mfom.es/participacion-publica

Durante el expresado plazo, y en virtud de la legislación indicada, podrán presentar por escrito en la citada Demarcación de Carreteras o por cualquiera de los sistemas señalados en el artículo 16.4 de la Ley 39/2015, de 1 de octubre, del Procedimiento Administrativo Común de las Administraciones Públicas, las alegaciones y observaciones que estimen oportunas en relación a los Documentos Técnicos y el Estudio de Impacto Ambiental. Las observaciones relacionadas con el artículo 12 de la Ley 37/2015, de 29 de septiembre, de Carreteras, deberán versar sobre las circunstancias que justifiquen la declaración de interés general de la carretera y sobre la concepción global de su trazado.

Lo que comunico para su general conocimiento.

Valencia, 5 de abril de 2017.- El Ingeniero Jefe de la Demarcación, Ismael Ferrer Domingo.

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