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Documento BOE-B-2017-31529

MADRID

Publicado en:
«BOE» núm. 122, de 23 de mayo de 2017, páginas 37820 a 37820 (1 pág.)
Sección:
IV. Administración de Justicia
Departamento:
JUZGADOS DE LO MERCANTIL
Referencia:
BOE-B-2017-31529

TEXTO

Doña María Jesús Palmero Sandín, Letrada de la Administración de Justicia del Juzgado de lo Mercantil nº 6 de Madrid, Anuncio:

Que en este Juzgado de lo Mercantil y bajo el nº 449/2017, se sigue procedimiento de Concurso Voluntario Abreviado de la marcantil MAJOSAN, S.A., en los que se ha dictado auto en fecha 4 de mayo de 2017 acordando:

1.- Se declara la competencia territorial de este Juzgado para conocer del concurso solicitado por el procurador de los Tribunales, Sr Cristóbal López, en nombre y representación de MAJOSAN SA, con CIF A 79429189.

2.- Se declara en concurso, que tiene carácter de voluntario al deudor MAJOSAN SA. Se aplicarán en la tramitación del procedimiento las normas procedimentales de Capítulo II del título VIII Ley Concursal para el procedimiento abreviado.

3.- El deudor MAJOSAN, S.A., conservará las facultades de administración y disposición sobre su patrimonio.

4.- Se acuerda, simultánemente a lo anterior, la CONCLUSIÓN DEL CONCURSO por la causa 3ª del apartado 1º del art. 176.bis L.Co., con los efectos inherentes a dicha declaración especial:

a.- se acuerda el cese de todas las limitaciones de las facultades de administración y disposición del deudor que pudieran derivarse de la presente declaración de concurso; sin que haya lugar al cese del administrador concursal al no haber sido designado.

b.- firme la presente resolución, notífiquese la presente a los acreedores y demás interesados; inscribiendo la misma en el modo señalado en el art.24 L.Co.; declarando la gratuidad de la inscripción en el BOE;

C.- se acuerda a efectos concursales la extinción de la personalidad jurídica de la sociedad concursada, disponiendo la cancelación de su inscripción en los registros públicos y el cierre de las hojas registrales a los efectos concursales, librando para ellos los oportunos mandamientos una vez firme la presente resolución.

Madrid, 4 de mayo de 2017.- Letrado de la Administración de Justicia.

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