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Documento BOE-B-2017-31519

GRANADA

Publicado en:
«BOE» núm. 122, de 23 de mayo de 2017, páginas 37810 a 37810 (1 pág.)
Sección:
IV. Administración de Justicia
Departamento:
JUZGADOS DE LO MERCANTIL
Referencia:
BOE-B-2017-31519

TEXTO

Edicto

EL JUZGADO DE LO MERCANTIL DE GRANADA, EN CUMPLIMIENTO DE LO DISPUESTO EN EL ARTÍCULO 23 DE LA LEY CONCURSAL (LC),

Anuncia

1º.- Que en el procedimiento número 683/16, con N.I.G.:1808742M20160000775 por auto de 03/03/17 se ha declarado en concurso voluntario al deudor BIOMASLINIC SL con CIF B18770289 y domicilio en Escuzar (Granada), Parque Metropolitano Industrial y Tecnologico, C/ Juncarillo, 64.

2º.- Quedan en suspenso las facultades de administración y disposición del concursado BIOMASLINIC SL sobre su patrimonio, siendo sustituido por el administrador concural, con todos los efectos establecidos en el Título III de la L.C.

3º- Que los acreedores del concursado deberán dirigir a la administración concursal la existencia de sus créditos en la forma y con los datos expresados en el art 85 de la L.C. A estos efectos se informa que la administración concursal designada ha sido Audintegra Consultores S.L.P., con Cif J19500180 y domicilio en C/ Camino de Ronda, nº 101, Escalera, 1- 1º c 18003-Granada. y dirección electrónica: info@audintegra.com

Conforme a lo dispuesto en el art. 30 de L.C. designa como persona natural que la representará y asumirá la dirección de los trabajos en el ejercicio de su cargo a: D. Miguel Hernandez Hidalgo con DNI 24171690R, profesión Economista y domicilio en C/ Camino de Ronda, nº 101, Escalera, 1- 1º c 18003-Granada.

La personación en el presente procedimiento deberá efectuarse mediante escrito independiente del anterior, presentado en forma ante este Juzgado.

El plazo para esta comunicación es el de un mes contado desde el día siguiente a la publicación en el Boletín Oficial del Estado del auto de declaración del concurso en la forma extractada prevista en el art. 23.1 Ley Concursal.

4º- Que los acreedores e interesados que deseen comparecer en el procedimiento deberán hacerlo por medio de Procurador y asistidos de Letrado (artículo 184.3 LC).

Granada, 28 de abril de 2017.- La Letrada de la Administración de Justicia.

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