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Documento BOE-B-2017-31500

ALICANTE

Publicado en:
«BOE» núm. 122, de 23 de mayo de 2017, páginas 37791 a 37791 (1 pág.)
Sección:
IV. Administración de Justicia
Departamento:
JUZGADOS DE LO MERCANTIL
Referencia:
BOE-B-2017-31500

TEXTO

Edicto

D./Dña. Jorge Cuéllar Otón, Letrado de la Administración de Justicia del Juzgado de lo Mercantil num. 3 de Alicante con sede en Elche, por el presente hago saber:

Que por auto de fecha 28/04/2017 en el procedimiento con número de autos 000212/2017 y N.I.G. 03065-66-2-2017-0000196, se ha declarado en CONCURSO ABREVIADO voluntario al deudor MEBIER DESARROLLOS EMPRESARIALES S.L., con domicilio en Calle Costa i Llobera,4 Lliça d´Amunt (Barcelona) y CIF nº B66247347, inscrita en el Registro Mercantil de Barcelona, al Tomo 44240, Folio 1, Hoja B-450629; representada por el procurador D/Dª Rosa Brufal Escobar

Facultades del concursado: suspendido

Administrador Concursal: Que ha sido nombrado D./Dª. Laura Javaloyes Hernandez, colegiado del Ilustre Colegio de Orihuela con domicilio postal para notificaciones: c/ Canónigo Torres nº8-1º-A-Torrevieja; dirección de correo electrónica para notificaciones y comunicaciones de crédito: laura@javaloyes-suarez.com; y domicilio postal para que los acreedores efectúen la comunicación de créditos de conformidad con el Artículo 85 de la Ley Concursal: c/Vicente Blasco Ibañez nº 3-entresuelo Elche.

Llamamiento a los acreedores: Los acreedores de la entidad concursada deberán poner en conocimiento del administrador concursal en las direcciones indicadas la existencia de sus créditos en el plazo de UN MES, a contar desde la fecha de publicación del presente B.O.E.

Los acreedores pueden personarse en el proceso por medio de Abogado y Procurador.

Examen de autos: Los acreedores no personados pueden acudir personalmente a esta Oficina Judicial y solicitar el examen de aquellos documentos o informes que consten sobre sus respectivos créditos o hacerlo por medio de Abogado o Procurador que autoricen al efecto sin necesidad de personación.

Apertura de liquidación: Solicitada la liquidación por el deudor, se procede a la apertura de la misma con todos los efectos que previene el art. 145 de la Ley Concursal, con disolución de la mercantil.

Se expide el presente edicto al objeto de dar publicidad al auto de declaración de concurso conforme al artículo 23 LC.

Elche, 12 de mayo de 2017.- El Letrado de la Administración de Justicia.

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