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Documento BOE-B-2017-30419

Resolución de la Autoridad Portuaria de Sevilla por la que se otorga concesión administrativa a Carbón Puerto Operaciones Portuarias, Sociedad Anónima.

Publicado en:
«BOE» núm. 119, de 19 de mayo de 2017, páginas 36556 a 36556 (1 pág.)
Sección:
V. Anuncios - B. Otros anuncios oficiales
Departamento:
Ministerio de Fomento
Referencia:
BOE-B-2017-30419

TEXTO

El Consejo de Administración de la Autoridad Portuaria de Sevilla, en uso de las facultades conferidas por el artículo 30.5.n) del Real Decreto Legislativo 2/2011, de 5 de septiembre, por el que se aprueba el Texto Refundido de la Ley de Puertos del Estado y de la Marina Mercante, ha otorgado con fecha 26 de Abril de 2017, una concesión administrativa para la ocupación de una parcela de unos 20.000 metros cuadrados de superficie, situada en la Carretera del Copero, Área AP-11 de las definidas en el Plan Especial de Ordenación del Puerto de Sevilla, margen izquierda del Canal de Alfonso XIII, en la zona de servicio del Puerto de Sevilla y perteneciente al dominio público portuario estatal, con destino a la ejecución de naves para el almacenamiento de graneles.

Autorizado: Carbón Puerto Operaciones Portuarias, Sociedad Anónima.

Plazo: Hasta el 31 de diciembre de 2057, con posibilidad de prórroga de hasta el 31 de diciembre de 2062.

Tasas a abonar:

Tasa por la ocupación privativa del dominio público portuario por importe de 3,352192 euros/metro cuadrado/año, IVA no incluido.

Tasa por el ejercicio de actividades comerciales, industriales y de servicios en el dominio público portuario que se calculará para cada año del modo siguiente:

Al movimiento de mercancías habido hasta las primeras 50.000 Toneladas, la cuantía unitaria de 0,45 euros/Tonelada cuyo origen/destino sea una planta industrial para su transformación situada en la zona de servicio del Puerto de Sevilla, y de 0,51 euros/Tonelada cuyo origen/destino sea distinto del de la mencionada planta industrial.

Al movimiento de mercancías habido que supere la 50.001 Toneladas y hasta las 85.000 Toneladas, la cuantía unitaria de 0,30 euros/Tonelada cuyo origen/destino sea una planta industrial para su transformación situada en la zona de servicio del Puerto de Sevilla, y de 0,32535 euros/Tonelada cuyo origen/destino sea distinto del de la mencionada planta industrial.

Al movimiento de mercancías habido que supere las 85.001 Toneladas la cuantía unitaria de 0,23 euros/Tonelada cuyo origen/destino sea una planta industrial para su transformación situada en la zona de servicio del Puerto de Sevilla, y de 0,25 euros/Tonelada cuyo origen/destino sea distinto del de la mencionada planta industrial.

La cuantía mínima anual a abonar por este concepto queda fijado en el importe de 22.500 euros, IVA no incluido.

Lo que se hace público para general conocimiento.

Sevilla, 9 de mayo de 2017.- Manuel Gracia Navarro. Presidente.

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