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Documento BOE-B-2017-30219

Resolución de 28 de abril de 2017, de la Dirección General del Instituto Tecnológico Agrario de Castilla y León por la que se concede la protección nacional transitoria a la Denominación de Origen Protegida «Vino de Calidad de Cebreros».

Publicado en:
«BOE» núm. 117, de 17 de mayo de 2017, páginas 36269 a 36270 (2 págs.)
Sección:
V. Anuncios - B. Otros anuncios oficiales
Departamento:
Comunidad de Castilla y León
Referencia:
BOE-B-2017-30219

TEXTO

Mediante Resolución de 21 de abril de 2016 de la Dirección General del Instituto Tecnológico Agrario de Castilla y León, publicada en el «Boletín Oficial del Estado» núm. 108, de 4 de mayo de 2016, se da continuidad al procedimiento y hace pública la solicitud de protección e inscripción en el registro comunitario de la denominación de origen protegida (D.O.P.) «Vino de Calidad de Cebreros», concediéndose un plazo de dos meses para que cualquier persona física o jurídica cuyos legítimos derechos o intereses considerase afectados, pudiera presentar solicitud de oposición al registro de la misma. Durante dicho plazo fueron presentadas quince declaraciones de oposición por otras tantas entidades interesadas, y una vez examinada la admisibilidad de las causas de oposición de conformidad con los criterios establecidos en el Reglamento (UE) n.º 1308/2013 del Parlamento Europeo y del Consejo, de 17 de diciembre de 2013, los escritos de oposición fueron objeto de resolución motivada, que se notificó a los interesados de acuerdo con las normas del procedimiento administrativo.

Resuelto el procedimiento de oposición, mediante Resolución de 15 de noviembre de 2016 de la Directora General del Instituto Tecnológico Agrario de Castilla y León, publicada en el «Boletín Oficial de Castilla y León» núm. 223, de 18 de noviembre de 2016, se adopta y hace pública la decisión favorable en relación con la solicitud de protección e inscripción en el registro comunitario de la D.O.P. «Vino de Calidad de Cebreros».

Publicada la resolución favorable, la solicitud de protección e inscripción en el registro comunitario de la D.O.P. «Vino de Calidad de Cebreros» ha sido transmitida por el Ministerio de Agricultura, Pesca, Alimentación y Medio Ambiente a la Comisión Europea, con fecha de recepción 20 de febrero de 2017, de acuerdo con lo previsto en el apartado 2º del artículo 15 del Real Decreto 1335/2011, de 3 de octubre, por el que se regula el procedimiento para la tramitación de las solicitudes de inscripción de las denominaciones de origen protegidas y de las indicaciones geográficas protegidas en el registro comunitario y la oposición a ellas.

El artículo 17 del Real Decreto 1335/2011, de 3 de octubre, antes mencionado, establece que una vez que la solicitud de inscripción en el registro comunitario haya sido transmitida a la Comisión Europea, se podrá conceder la protección nacional transitoria, lo que conllevará su publicación en el «Boletín Oficial del Estado» y de la dirección de la página web donde se encuentra el pliego de condiciones. Asimismo, establece que en el caso de una denominación de origen cuyo ámbito territorial no exceda del de una comunidad autónoma, dicha concesión y su publicación en el «Boletín Oficial del Estado» corresponderá al órgano competente de dicha comunidad autónoma, informando al Ministerio de Agricultura, Pesca, Alimentación y Medio Ambiente de la citada concesión.

El Instituto Tecnológico Agrario de Castilla y León es el órgano encargado de realizar las actuaciones administrativas para el reconocimiento y extinción, en su caso, por la Consejería de Agricultura y Ganadería de los distintos niveles de protección de los vinos y, en general, de todas las figuras de calidad agroalimentaria, de conformidad con lo dispuesto en el artículo 41, letra b) de la Ley 8/2005, de 10 de junio, de la Viña y del Vino de Castilla y León.

Considerando lo anteriormente expuesto y vista la solicitud de protección nacional transitoria presentada por la agrupación solicitante "Asociación Vinos de Cebreros", de fecha 2 de marzo de 2017, en virtud de las funciones y facultades atribuidas al Instituto Tecnológico Agrario de Castilla y León en materia de calidad alimentaria por los artículos 2, 3 y 18 de la Ley 7/2002, de 3 de mayo, de creación del Instituto y por el artículo 12.2 del Reglamento del Instituto aprobado por Decreto 121/2002, resuelvo:

Primero.- Conceder la protección nacional transitoria a la D.O.P. «Vino de Calidad de Cebreros», que solo podrá ser empleada en la comercialización de los vinos que cumplan las especificaciones del pliego de condiciones incluido en el expediente técnico de solicitud de protección e inscripción en el registro comunitario de la citada D.O.P., transmitido a la Comisión Europea con fecha de recepción 20 de febrero de 2017. Dicho pliego de condiciones está disponible en la siguiente dirección electrónica:

http://www.itacyl.es/opencms_wf/opencms/informacion_al_ciudadano/calidad_alimentaria/7_vinicos/index.html

Esta protección nacional transitoria cesará a partir de la fecha en que la Comisión Europea adopte una decisión sobre la inscripción de la D.O.P. «Vino de Calidad de Cebreros» en el registro comunitario.

Segundo.- Dar publicidad a la presente resolución ordenando su publicación en el «Boletín Oficial del Estado», de conformidad con lo dispuesto en el artículo 17 del Real Decreto 1335/2011, de 3 de octubre, por el que se regula el procedimiento para la tramitación de las solicitudes de inscripción de las denominaciones de origen protegidas y de las indicaciones geográficas protegidas en el registro comunitario y la oposición a ellas.

Contra la presente resolución, que no pone fin a la vía administrativa, se podrá interponer recurso de alzada ante la Consejera de Agricultura y Ganadería en el plazo de un mes, a contar desde el siguiente a su publicación en el «Boletín Oficial del Estado».

Valladolid, 28 de abril de 2017.- Directora General del Instituto Tecnológico Agrario de Castilla y León.

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