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Documento BOE-B-2017-28578

MADRID

Publicado en:
«BOE» núm. 112, de 11 de mayo de 2017, páginas 34239 a 34239 (1 pág.)
Sección:
IV. Administración de Justicia
Departamento:
JUZGADOS DE LO MERCANTIL
Referencia:
BOE-B-2017-28578

TEXTO

D. Mariano Rodríguez Trotonda, Letrado de la Administración de Justicia del Juzgado de lo Mercantil n.º 3 de Madrid,

Hace saber:

1.- Que en el concurso Concurso ordinario 291/2017, con Número de Identificación General del procedimiento 28.079.00.2-2017/0034568, por el Magistrado-Juez D. Jorge Montull Urquijo se dictó auto de fecha 4 de mayo del 2017, se ha declarado en concurso voluntario Ordinario a FURNITURE ONLINE, S.L., con n.º de identificación B86345014.

2.- Que los acreedores del concursado comunicarán sus créditos en la forma prevista en el artículo 85 de la LC, en el plazo de un mes, desde la publicación de este edicto en el Boletín Oficial del Estado.

3.- Que el deudor conserva las facultades de administración y disposición de su patrimonio, pero sometidas a la intervención de la Administración concursal

4.- La identidad de la Administración concursal es la sociedad DLM INSOLVIA, S.L.P., quien designa para ejercer el cargo de administrador concursal a D. GREGORIO DE LA MORENA SANZ, con DNI 01089098-W, con domicilio en la c/ General Moscardó, n.º 2, 1.º dcha, CP 28020 Madrid, con n.º de teléfono: 913449410/914358721 y n.º de fax: 914259853, así como correo electrónico: acreedores.furnitureonline@insolvia.es, ello para que los acreedores, a su elección, efectúen la comunicación de créditos de conformidad con el artículo 85 de la LC, en cualquiera de las dos direcciones.

5.- Que los acreedores y demás interesados en personarse en el concurso lo deberán realizar por medio de Abogado y Procurador, salvo lo previsto en la legislación laboral respecto a los trabajadores del concursado.

6.- Que la dirección electrónica del Registro Público Concursal donde se publicarán las resoluciones que traigan causa del concurso, es www.publicidadconcursal.es.

Madrid, 8 de mayo de 2017.- Letrado de la Administración de justicia.

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